Ordenanzas Nº 1031
ORDENANZA N°1031/24 - CATASTRO , ROMERO
VISTO :
El expediente caratulado EXPTE. N° 0884/2.021 "Romero, María Graciela Solicita reducción de valor de cuota mensual por adjudicación de vivienda - Nota Reg. N° A-0941/21" remitido a este cuerpo deliberativo; y
CONSIDERANDO :
Que la Sra. María Graciela Romero, DNI 18.008.065 habita en una unidad habitacional del "Programa Federal de Viviendas y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales" adjudicada por convenio de fecha 13 de abril de 2.018, debiendo abonar 500 (quinientas) cuotas mensuales equivalentes a 12 bolsas de cemento actualizables de acuerdo al valor de la unidad según estipula la cláusula séptima del mencionado documento;
Que en el mes de Junio de 2.021 la Sra. Romero solicita por nota al Departamento Ejecutivo Municipal que la cuota se reduzca de 12 a 6 bolsas de cemento, debido a su situación económica, laboral y familiar;
Que a raíz de ese pedido el Departamento Ejecutivo Municipal emite la Resolución N° 184/21 de fecha 16 de Junio de 2.021 por el que se fija una cuota equivalente a 6 bolsas de cemento;
Que en fecha 6 de Junio de 2.024 la Sra. Romero presenta otra nota por la que realiza una propuesta económica de cancelación de la deuda que posee por la vivienda, aduciendo que a partir de la reducción del valor de la cuota el número de las mismas ascendió a 889 y el precio total de la vivienda equivale a 5.334 bolsas con lo que el valor total de la unidad habitacional superaría los 50 millones de pesos, y manifiesta que más allá de la carga económica que representa para sus ingresos, estima que el programa deja de cumplir con la función social con que fue creado;
Que la peticionante hace una propuesta de pago atendiendo a que tiene un ofrecimiento económico de un antiguo empleador por un proceso laboral en marcha, y de concretarse, lo destinaría a cancelar la deuda con la vivienda para poder proceder a la escrituración de la misma;
        Que evaluados los antecedentes se estima procedente y conveniente a los intereses del Municipio acceder a lo solicitado;
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
ANEXO :
Artículo 1º.- Autorícese y facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar y suscribir los actos administrativos correspondientes a concretar la propuesta de cancelación de la deuda que la Sra. MARIA GRACIELA ROMERO, DNI. 18.008.065 posee por la unidad habitacional que habita ubicada en Calle Pública N° 1159, Manzana N° 166 de la localidad de María Grande, construída en el marco del "Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales", en los siguientes términos:
1)  Entrega de $ 10.000.000 (diez millones) de pesos.
2)  1 cuota de $ 800.000 (ochocientos mil) con vencimiento a los treinta (30) días de la fecha de pago de la primera entrega.
3)  6 cuotas de $ 700.000 (setecientos mil) con vencimiento en los meses posteriores y cada treinta (30) días desde la fecha de pago de la primera cuota fijada en el punto 2.
Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
FIRMANTES :