Ordenanzas Nº 682

ORDENANZA N°682/13 - TRANSITO

VISTO :

La necesidad de actualizar la legislación existente en lo referido a los trayectos de arribo, egreso y paradas para las líneas de transporte público de pasajeros;

CONSIDERANDO :

Que es necesario contar con disposiciones que regulen el ordenamiento del tránsito de ómnibus en líneas de servicio por el casco céntrico de esta localidad, procurando la mayor seguridad tanto en los demás vehículos como así también en los peatones que transitan por la vía pública, materializando dicha regulación mediante una nueva Ordenanza a fin de continuar con el estatus normativo existente;
                    Que se hace necesario modificar las "paradas" de ascenso y descenso de pasajeros dentro del radio urbano a fin de adecuarla a las necesidades planteadas por el crecimiento de la ciudad;
                POR ELLO
                    EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:
                    O R D E N A N Z A:
Artículo 1º.- Fíjense como vías de ingreso y egreso directo al Centro de Servicios Urbanos y Estación Terminal de Omnibus para todo el servicio público de transporte automotor de pasajeros a las señaladas a continuación:
1.     Por Avenida Argentina:
a)     Ingreso: Avenida Argentina, Avenida Córdoba, calle Urquiza y Centro de Servicios Urbanos y Estación Terminal de Omnibus.
b)     Egreso: Centro de Servicios Urbanos y Estación Terminal de Omnibus, Avenida Córdoba, Avenida Argentina, para líneas de transporte que circulen por Ruta Provincial Nº 10.
2.     Por Avenida Artigas:
a)     Ingreso: Avenida Artigas, Avenida Justo José de Urquiza, Centro de Servicios Urbanos y Estación Terminal de Omnibus.
b)     Egreso: Centro de Servicios Urbanos y Estación Terminal de Omnibus, Avenida Justo José de Urquiza, Avenida Artigas, para líneas de transporte que circulen por Ruta Provincial Nº 32.-
3.     Por Avenida Presidente Illia:
a)     Ingreso: Avenida Presidente Illia, Centro de Servicios Urbanos y Estación Terminal de Omnibus.
b)     Egreso: Centro de Servicios Urbanos y Estación Terminal de Omnibus, Avenida Presidente Illia.

Artículo 2º.- Fíjense las siguientes "paradas" de ascenso y descenso de pasajeros dentro del radio urbano de la ciudad de María Grande teniendo en cuenta los trayectos indicados en el Artículo precedente, las que quedan determinadas de la siguiente manera:
1.     Ingreso por Avenida Argentina:
Frente al complejo de Termas de María Grande e intersección de Avenida Argentina con las siguientes calles: José María Paz, López Jordán, Tomás de Rocamora y 20 de Septiembre y Centro de Servicios Urbanos y Estación Terminal de Omnibus.
2.     Egreso por Avenida Argentina: intersección con calles: 20 de Septiembre, Tomás de Rocamora, López Jordán, José María Paz y frente al complejo de Termas de María Grande.
3.     Ingreso por Avenida Artigas:
En el ingreso a la ciudad y en la intersección de Avenida Artigas y Lisandro de la Torre, Avenida Artigas y Presidente Perón, Avenida Urquiza y 25 de Mayo, Centro de Servicios Urbanos y Estación Terminal de Omnibus.
4.     Egreso por Avenida Artigas:
En la intersección de Avenida Urquiza y 25 de Mayo, Avenida Artigas y Presidente Perón, Avenida Artigas y Lisandro de la Torre y en el acceso a la localidad (garita).
5.     Ingreso por Avenida Presidente Illia:
En la intersección de Presidente Illia y Francisco Solano López, Presidente Illia y Carlos Antonio López, y Centro de Servicios Urbanos y Estación Terminal de Omnibus.
6.     Egreso por Avenida Presidente Illia
En la intersección de Presidente Illia y Alfredo Palacios, y Presidente Illia y Francisco Solano López (garita)

Artículo 3º.- Las paradas habilitadas para ascenso y descenso de pasajeros establecidas por el Artículo precedente, lo son sin perjuicio de habilitar otras en el futuro si ello fuera necesario o de modificar las mismas por razones fundadas en la conveniencia de los usuarios del servicio público de transporte automotor de pasajeros.

Artículo 4º.- Dispónese que por el Área de Obras Públicas sea realizada la colocación de cartelería de señalización indicativa para las distintas paradas de ascenso y descenso de pasajeros habilitadas por el Artículo 2º de la presente-

Artículo 5º.- El Departamento Ejecutivo Municipal procederá a informar a las empresas de transporte público de pasajeros la disposiciones de la presente ordenanza y a dar amplia difusión a la comunidad

Artículo 6º.- Deróguense la Ordenanza Nº 671/08 y el Decreto Nº 138/08

Artículo 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese

FIRMANTES :

STANG FRANCISCO HORACIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 7 de Agosto de 2013


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