Concejo Municipal

Ordenanzas Nº 825

ORDENANZA N°825/19 - FUSCA

VISTO :

Las actuaciones administrativas caratuladas "Expte. Nº 0317/2019 - FUSCA Alejandra S/Donación de Inmueble de 1.500 m2 con destino a calle pública - Manzana S/Nº - Nota Reg. Nº A-0458/19; y

CONSIDERANDO :

Que mediante las mismas la Sra. FUSCA Alejandra ha tramitado y manifestado formalmente su intención de formalizar a favor del Municipio de María Grande la donación de superficies inmuebles con destino a la traza de calles públicas dentro de su propiedad ubicada entre calles Dr. Castaldo y Sargento Cabral de la ciudad de María Grande;
          Que a tales efectos ha sido presentado Plano de Mensura Nº 217.783 que corresponde a la Partida Provincial Nº 271084 y su correspondiente Ficha para Transferencia, en la cual se determina una superficie una superficie de 1.500 m2 a ser destinados como extensión de calles públicas en el sector;
          Que la proyección de dichas arterias corresponde al amanzanamiento que la administrada pretende llevar adelante en el sector Noroeste de la ciudad de María Grande, de acuerdo al plano que se hace mención;
          Que en tal sentido resulta necesario facilitar la urbanización de los lotes referidos en el marco de los procedimientos administrativos y legales que corresponden a estos fines;
          Que habiéndose considerado la solicitud referida en el marco de lo dispuesto mediante Ordenanza Nº 21/84 y Modificatoria y Ordenanza Nº 277/98 que rigen sobre la materia, las calles proyectadas en la donación cuentan con las dimensiones que dichos ordenamientos jurídicos establecen, por lo que no existen impedimentos para hacer lugar a lo requerido;
          Que conforme lo establecido por el Artículo 95º Inc. r) de la Ley Nº 10.027 -Régimen de Municipios de la Provincia de Entre Ríos y sus modificatorias, es atribución del Honorable Concejo Deliberante autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar o rechazar donaciones efectuadas en beneficio del Municipio;
          Que resulta procedente para el caso autorizar al Departamento Ejecutivo a aceptar la donación presentada, ello a los efectos de incorporar el referido inmueble como patrimonio del Municipio de María Grande y determinar su destino único y exclusivo a la traza de calles públicas;
          
               POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :
Artículo 1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la DONACION gratuita efectuada por la Sra. FUSCA Alejandra - M.I.Nº 30.952.395 - sobre parte del inmueble de su propiedad sito en Departamento Paraná, Distrito María Grande Primero, Municipio de María Grande, Planta Urbana, Plano de Mensura Nº 217.783 - Superficie de 1500,00 m2 - Partida Pcial. Nº 271084 - para ser destinado única y exclusivamente como traza de calles públicas con los límites y linderos que se indican en Ficha para Transferencia Formulario Nº 1701459, conforme los considerandos expresados precedentemente.-
Artículo 2°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar por ante el Registro Notarial que se designe al efecto la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio aceptando la DONACION del inmueble cuyos datos se indican en el Artículo 1º de la presente.-
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

ZAPATA SANTIAGO ARIEL ( Presidente del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 29 de Agosto de 2019


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