Ordenanzas Nº 891
ORDENANZA N°891/21 - COMPRA DE VACUNA.
VISTO :
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEMARIA GRANDE
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
Artículo 1º: Autorizar al Superior Gobierno de Entre Ríos a deducir de los recursos municipales que se perciben por vía de coparticipación de impuestos la suma de hasta Pesos Dos millones quinientos mil ($ 2.500.000,00) para ser destinados a la compra de vacunas tendientes a fortalecer los alcances del Plan de Vacunación Provincial en esta localidad.
Artículo 2º: Las vacunas que se adquieran a partir de los recursos destinados en el Artículo 1º deberán aplicarse a vecinos con domicilio en María Grande, sin privilegios, siguiendo estrictamente las prioridades del Plan de Vacunación Nacional y Provincial.
Artículo 3º: Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial que promueva el dictado de una Ley para tramitar la autorización a celebrar contratos de mandato a favor del Estado Nacional y/o Ministerio de Salud de la Nación, para que por orden y cuenta de la Provincia de Entre Ríos y con los alcances previstos en dicha Ley, se adquieran en su representación, con destino a vecinos de María Grande, vacunas contra el COVID-19.-
Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
FIRMANTES :
SCHAMLE MARIA DE LOS ANGELES ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. ) |
MARIA GRANDE, 17 de Junio de 2021