Ordenanzas Nº 407

ORDENANZA N°407/03 - CATASTRO.

VISTO :

La necesidad de proceder a la desafectación y venta del inmueble propiedad de la Municipalidad de María Grande que se ubica en la Manzana Nº 32, sobre calle Sargento Cabral esquina Fortunato Calderón de esta ciudad;
                    Que asimismo es conveniente adecuar los precios bases fijados para inmuebles que no se vendieron en licitaciones anteriores;
                    
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :

                    O R D E N A N Z A :

Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la desafectación y posterior venta de los inmuebles propiedad de la Municipalidad de María Grande que a continuación se detallan y con los predios base indicados, mediante la forma de la licitación pública:
Manzana Nº 32
-     Tres (3) lotes de 200 Mts.2 (10 Mts. de frente por 20 Mts. de fondo) con un precio base de Pesos Mil Trescientos ($ 1.300,00) cada uno
-     Cinco (5) lotes de 300 Mts.2 (10 Mts. de frente por 30 Mts. de fondo) con un precio base de Pesos Mil Ochocientos ($ 1.800,00) cada uno

Artículo 2º.- Modifícanse los precios base de terrenos incluidos en anteriores licitaciones y que no fueron vendidos, de la siguiente forma:
Manzana Nº 37
-     Un (1) lote de 230 Mts.2 (10 Mts. de frente por 23 Mts. de fondo), con un precio base de Pesos Mil Trescientos ($ 1.300,00).

Manzana Nº 39
-     Un (1) lote de 200 Mts.2 (10 Mts. de frente por 20 Mts. de fondo) , con un precio base de Pesos Mil Trescientos ($ 1.300,00).

Manzana Nº 41
-     Un (1) lote de 500 Mts.2 (10 Mts. de frente por 50 Mts. de fondo) con un precio base de Pesos mil novecientos cincuenta ($ 1.950,00).
-     Un (1) lote de 625 Mts.2 (12,50 Mts. de frente por 50 Mts. de fondo) con un precio base de Pesos Dos mil cuatrocientos ($ 2.400,00).
-     Dos (2) lotes de 280 Mts.2 (10 Mts. de frente por 25 Mts. de fondo con un precio base de Pesos mil trescientos ( $ 1.300,00) cada uno.

Manzana Nº 48
-     Un (1) lote de 250 Mts.2 (10 Mts. de frente por 25 Mts. de fondo) con un precio base de Pesos Mil cincuenta ($ 1.050,00).


Artículo 3º.- Establécese que los inmuebles individualizados en el artículo precedente deberán ser destinados a la construcción de viviendas unifamiliares, y los oferentes no poseer bien inmueble propio.-

Artículo 4º.- Dispónese que los oferentes que se presenten a la licitación podrán adquirir un (1) único terreno.-

Artículo 5º.- El pago de los inmuebles se podrá realizar hasta en un plazo máximo de veinticuatro (24) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses.

Artículo 6º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá publicitar la venta mediante edictos en el Boletín Oficial, así como medios de comunicación televisivos y radiales locales, y toda otra forma que asegure el conocimiento por parte de la población del municipio, con una antelación de diez (10) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de ofertas.

Artículo 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-


FIRMANTES :

BONELL OSVALDO ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 21 de Agosto de 2003


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