Ordenanzas Nº 408

ORDENANZA N°408/03 - PRESUPUESTO.

VISTO :

Las prescripciones legales establecidas en la Ley Orgánica de Municipios Nº 3.001 respecto del Presupuesto General de la Administración Municipal; y
                    

CONSIDERANDO :

Que se han evaluado los recursos presupuestados para el año 2.003, así como las erogaciones a efectuar;
Que del análisis de la Partida Personal surge la conveniencia de introducir una modificación en la misma, por cuanto se a observado el pase a Planta Permanente de diecinueve agentes municipales contratados, de los cuales, según el informe suministrado por el Departamento Ejecutivo Municipal, existen agentes que no revisten un (1) año de antigüedad en la administración municipal, plazo mínimo establecido en el artículo 18º de la Ley 3.001 y el artículo 21º de la Constitución Provincial para considerar la estabilidad del agente en el cargo;
Que no obstante ello, para no afectar la normal prestación de los servicios corresponde autorizar la contratación de tal personal;

POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :

                    O R D E N A N Z A :

Artículo 1º.- Estímase en suma de Pesos Dos Millones ciento setenta y cinco mil quinientos sesenta y cinco ($ 2.175.565,00) los RECURSOS del presupuesto general de administración municipal para el Ejercicio 2.003, detallado analíticamente en cuadros y planillas anexas que forman parte integrante de la presente ordenanza:
Rubros:                Importe
Recursos corrientes          $ 1.795.900,00
Recursos de Capital          $ 17.700,00
Financiamiento          $ 361.965,00
Total de Recursos          $ 2.175.565,00

Artículo 2º.- Fíjase en la suma de pesos Dos Millones ciento setenta y cinco mil quinientos sesenta y cinco ($ 2.175.565,00) las EROGACIONES del presupuesto general de administración Municipal para el Ejercicio 2.003, detallado analíticamente en planillas anexas que forman parte de la presente Ordenanza.
Rubros:                     Importe
Erogaciones corrientes          $ 1.651.765,00
Erogaciones de capital          $ 128.450,00
Amortización de la deuda          $ 395.350,00
Total de erogaciones               $ 2.175.565,00

Artículo 3º.- El cálculo de Recursos para el año 2.003 queda sujeto al contenido normativo del Código Tributario Municipal, parte General y Especial y la Ordenanza Impositiva Anual y leyes provinciales y nacionales.

Artículo 4º.- Elimínanse los cargos liberados como consecuencia de la aplicación de la Ley 9428 -Jubilación anticipada- y fíjanse en setenta y seis (76) el número de cargos de planta permanente, y seis (6) los cargos de planta contratada.

Artículo 5º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las reasignaciones presupuestarias en la Partida Personal a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ordenanza en lo relativo a la permanencia como Personal Temporario de los agentes que no revisten un (1) año de antigüedad en la administración municipal, de acuerdo a la información suministrada.

Artículo 6º.- Serán nulos los actos administrativos y los contratos celebrados por cualquier autoridad, aunque tuvieran competencia para realizarlos, si de los mismos resultare la obligación de pagar alguna suma de dinero que no estuviesen contempladas en el Presupuesto General de la Administración Municipal. Serán igualmente nulos los actos administrativos que designen personal en la planta cuando no existan cargos vacantes y los correspondientes créditos presupuestarios suficientes para tal fin y solo podrán realizarse calificaciones y/o promoción de ascensos cuando surgiere de una vacante especialmente identificada.

Artículo 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

BONELL OSVALDO ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 21 de Agosto de 2003


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