Ordenanzas Nº 409
ORDENANZA N°409/03 - TASA GENERAL INMOBILIARIA, BOMBEROS VOLUNTARIOS.
VISTO :
La petición formulada por la Asociación de Bomberos Voluntarios de María Grande por la que se interesa en la prórroga del plazo establecido en la Ordenanza Nº 314/00, mediante la cual se estableció un adicional de $ 0,50 (cincuenta centavos) sobre la Tasa General Inmobiliaria y Servicio Sanitario con destino a cubrir los gastos operativos de la institución;
     Que es intención de este cuerpo acceder a lo solicitado;
       Que por Ordenanza Nº 376/02 se había establecido una prórroga por doce meses, la cual expiró en mayo del presente año;
       Que se omitió presentar una nueva solicitud de prórroga en el momento correspondiente;
       Que no obstante ello, atendiendo a la responsabilidad de la municipalidad en temas que hacen a la seguridad pública, es intención de este cuerpo establecer una nueva prórroga a contar desde el mes de junio próximo pasado, a los fines de regularizar la percepción de este adicional y los pagos efectuados a la institución;
       POR ELLO
       EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:
       O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Prorrógase por el término de doce (12) meses, y con retroactividad al mes de junio de 2.003 lo establecido en el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 314/00 sancionada de fecha 07 de Marzo de 2.000.-
Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese
FIRMANTES :