Ordenanzas Nº 424
ORDENANZA N°424/04 - OBRAS.
VISTO :
   La necesidad de ejecución de las obras de tendido de la "Red de Distribución de Gas Natural" en nuestra localidad; y
CONSIDERANDO :
Que para dicho emprendimiento se suscribió un Convenio con la Subsecretaría de Servicios Públicos de la Provincia para el financiamiento de obra por un total de PESOS TRESCIENTOS VEINTIUN MIL SETECIENTOS DOS CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 321.702,65) en fecha 11/09/03, oportunamente ratificado mediante Decreto Nº 4678 S.E.O.y S.P.;
Que en fecha 24 de octubre de 2.003 se recibió la suma de Pesos Ochenta mil cuatrocientos veinticinco con sesenta y seis centavos ($ 80.425,66) en carácter de anticipo, obligándose la Municipalidad a dar cumplimiento con la normativa provincial vigente -Ley de Obras Públicas Nº 6351 y sus Decretos reglamentarios;
Que debe decidirse sobre la modalidad de ejecución a implementar, esto es mediante el sistema de administración o el de contratación de privados;
Que sin lugar a dudas, la llegada del gas natural a nuestra ciudad no solo servirá a la industria y a la producción, sino que, sobre todo, mejorará la calidad de vida de la ciudadanía y su capacidad económica con el menor gasto que el gas natural implica;
Que no obstante ello, no podemos desconocer las dificultades económicas por las que atraviesan los vecinos de María Grande, como consecuencia de la alta tasa de desocupación, hecho éste que seguramente dejaría al margen a gran parte de los frentistas que no podrían acceder al servicio;
Que ante esta realidad, se deben instrumentar desde el municipio todas las alternativas posibles que permitan un abaratamiento de las obras de manera tal que todos podamos acceder al servicio;
Que además la realización de obras públicas implica generación de puestos de trabajo, motorización de la economía local y en definitiva dignificación de la persona que obtiene el sustento diario por su propio esfuerzo;
Que por ello resulta conveniente que desde la municipalidad se encare la ejecución de la obra, se contrate personal suficiente e idóneo para cumplir las distintas tareas que demanda la obra;
Que además se debe agilizar la instrumentación de los mecanismos de contratación y compra, de manera de poner en marcha rápidamente las obras para la generación de puestos de trabajo;
Que es por ello que, como excepción y como modo más conveniente para los intereses de toda la comunidad, se deben ampliar los montos permitidos por el sistema de compra para el Concurso de Precios, elevando el mismo a
$ 25.0000,00;
Que ante esta realidad, se autoriza al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de María Grande por única vez y para esta obra en especial, a realizar la compra de materiales mediante el sistema de Concurso de Precios, como asimismo también a la contratación de empresas, profesionales idóneos en la materia y obreros necesarios para su ejecución;
Que por otro lado se estima conveniente la designación de un Gabinete Ejecutor de Obra, la que tendría como finalidad la gestión de obra en todo lo vinculado a plazos, gastos, normas constructivas acordes al ente regulador y todo otro asunto que surja de su accionar;
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :
       O R D E N A N Z A :
Artículo 1º.- Autorízase la ejecución de las obras "Red de distribución de Gas Natural" mediante el sistema de administración delegada.-
Artículo 2º.- Determínase como excepción a la Ordenanza de compra, la suma de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000,00, el monto máximo por el cual se podrá hacer compras mediante el sistema de Concurso de Precios, contratación de empresas y personal profesional que tendrá a cargo la dirección y ejecución de los trabajos.
Artículo 3º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de María Grande a contratar personal no calificado que estime necesario y por el tiempo que dure la ejecución de los trabajos.
Artículo 4º.- Desígnase un Gabinete Ejecutor de la Obra "Red de Distribución de Gas" a los fines de agilización, control operativo, económico financiero y todo otro asunto que surja de su accionar.
Artículo 5º.- Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal envíe en forma mensual a este Concejo Deliberante un informe detallando el avance de la obra, nómina de compras y contrataciones de empresas, profesionales, técnicos y obreros, como así también nómina de firmas o personas que, previo a la compra o contratación, participaron de los concursos de precios.
Artículo 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
FIRMANTES :