Ordenanzas Nº 667

ORDENANZA N°667/12

VISTO :

El deber del estado municipal de extender el uso y goce de los espacios públicos para todos sus habitantes aplicando políticas públicas de inclusión.
A los efectos de dar amparo a los derechos que todos los niños y niñas tienen asegurados por la Convención sobre los Derechos del Niño incorporada a la Constitución Argentina en 1994;
Y con el fin de dar cumplimiento a la Ley 26.378 por la que se ratifica la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada por la Asamblea General de las Naciones; y

CONSIDERANDO :

Que haciendo un relevamiento de los espacios públicos de nuestra ciudad, con esparcimientos infantiles, se advierte que ellos carecen de accesos e infraestructura adecuada para personas con capacidades diferentes
Que muchos niños y niñas se ven imposibilitados de jugar, recrearse, divertirse y hacer uso de elementos y equipos infantiles.
Que nosotros representamos los intereses de todos los ciudadanos y debemos avanzar en la construcción de una sociedad más justa e igualitaria que atienda solidariamente las necesidades de sus minorías
Que Plazas inclusivas son aquellas diseñadas para todos, para niños y niñas con y sin discapacidad, reduciendo barreras del entorno, permitiendo la participación plena y efectiva de la sociedad en igualdad de condiciones.
Que en una Plaza inclusiva se encuentran e interactúan niños con diferentes capacidades siendo esto lo verdaderamente transformador, pues allí los niños desde pequeños aprenden a vivir en diversidad.
Por todo ello, y siendo el 3 de Diciembre el Día Internacional de la Discapacidad o de las personas con capacidades diferentes ningún momento más oportuno para dar aprobación al presente.
POR ELLO
                    EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :
                    O R D E N A N Z A :

Artículo 1º.- DECLARENSE Plazas Públicas Integradoras e Inclusivas a las plazas y plazoletas de nuestra ciudad.
Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá la provisión y montaje de juegos y equipos infantiles integradores en los espacios públicos donde ya se encuentren instalados juegos infantiles, permitiendo el logro de plazas inclusivas integradas con capacidad de receptar niños, niñas y adolescentes con capacidades diferentes.
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese

FIRMANTES :

STANG FRANCISCO HORACIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 28 de Noviembre de 2012


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