Ordenanzas Nº 428

ORDENANZA N°425/04 - COMERCIO.

VISTO :

               La ley Provincial Nº 9393; y

CONSIDERANDO :

Que en virtud de la misma, se regula la habilitación de grandes superficies comerciales en territorio de la Provincia de Entre Ríos;
Que la modalidad de establecer comercios de grandes superficies, que concentran un gran volumen y diversidad de productos puede llegar a ocasionar inconvenientes, tanto a nivel urbano y ambiental, como en las cuestiones comerciales, socio-económicas y laborales de las localidades;
Que si bien se debe respetar la libertad de comercio asegurada en la Constitución Nacional, se hace necesario, para salvaguardar los intereses del comercio local y por ende de la comunidad toda, establecer formas de regulación de la actividad comercial;
Que la ley provincial mencionada fija los procedimientos a cumplimentar para la habilitación de grandes superficies comerciales;
                    Que en ese sentido, este cuerpo comparte el temperamento y el espíritu de la referida ley , cuya estricta aplicación evitaría los impactos nocivos mencionados;
Que este Concejo Deliberante estima conveniente la adhesión a la referida norma, como una forma de lograr que las disposiciones relativas a la habilitación de grandes superficies comerciales sean homogéneas en todo el ámbito de la provincia;

POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :

                    O R D E N A N Z A :

Artículo 1º.- Adhiérase en su totalidad a las disposiciones de la Ley Provincial Nº 9393, relativa a la habilitación de superficies comerciales.-

Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

SCHMIDT JULIO CESAR ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 5 de Marzo de 2004


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