Ordenanzas Nº 671
ORDENANZA N°671/13
VISTO :
Que el Sr. Juez de Faltas de la Municipalidad de María Grande, Dr. Cristian Cardoso Saccani, mediante nota ingresada en fecha 03 de enero de 2013 bajo Nº de Registro A-073, ha solicitado la inclusión en la Ordenanza General Impositiva año 2013, en su Artículo 39º, de una multa que corresponda a lo establecido en el Artículo 49º de la Ordenanza Nº 06/84 - Código Básico de Faltas- y que refiere dar a la vía pública una utilización o destino no acorde con su naturaleza y finalidad específica; y
CONSIDERANDO :
Que efectivamente se constató que la norma contravencional referida no tiene sanción en otro cuerpo legal que se encuentre vigente, por lo que corresponde incluír en el Artículo 39º de la Ordenanza General Impositiva, en su inciso c) -multas del Código Básico de Faltas-, el artículo 49º del citado Código, con una multa de $ 600,00, como fuera solicitada por el Sr. Juez de Faltas;
POR ELLO
       EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :
       O R D E N A N Z A :
Artículo 1º.- Inclúyase en el Artículo 39º, inciso c) de la Ordenanza General Impositiva 2013 -Nº 668/12-, la multa correspondiente a la contravención al Artículo 49º de la Ordenanza Nº 06/84 -Código Básico de Faltas-, quedando redactado de la siguiente manera: "Artículo 39º, inciso c) "En $ 600,00 la multa de los artículos 8º, 9º, 10º, 11º, 12º, 13º, 14º, 32º, 33º, 34º, 44º, 45º, 47º, 48º, 49º, 50º y 51º"
Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese
FIRMANTES :