Ordenanzas Nº 577

ORDENANZA N°577/09 - OBRAS.

VISTO :

La disponibilidad de terrenos de propiedad municipal que se ajustan a los requerimientos del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda para su afectación a la futura construcción de grupos habitacionales de esta localidad en el marco del Programa Federal Plurianual Reconvertido de Construcción de Viviendas; y

CONSIDERANDO :

     Que en función de que el mencionado organismo provincial se encuentra evaluando los ofrecimientos de terrenos disponibles en las diferentes localidades de la provincia para la asignación y posterior licitación de grupos habitacionales a ejecutar en el año en curso, ha sido requerido a este Municipio la presentación de la documentación correspondiente a los terrenos que le fueran propuestos oportunamente como banco de tierras para tal fin;
     Que siendo el tema habitacional un asunto prioritario para el estado municipal y dada la creciente demanda existente en la comunidad por las numerosas familias interesadas en poder acceder a la vivienda propia, resulta conducente cumplimentar lo requerido en forma inmediata a los fines de proporcionar al mencionado Instituto todo lo solicitado para la continuidad del trámite iniciado;
     Que asimismo es objetivo primordial de este Cuerpo Legislativo impulsar y acompañar políticas de estado que conlleven a facilitar a la población la posibilidad de acceder a la vivienda digna en mejora de la calidad de vida de los ciudadanos;
     Que en orden a lo expuesto resulta procedente por parte de este Concejo Deliberante autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la donación de los terrenos ofrecidos al Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda para futuros grupos habitacionales a construírse en esta localidad;
          POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar la donación de los inmuebles ubicados en Manzana Nº 90 -Dieciseis (16) lotes, Manzana Nº 43- Ocho (8) lotes y Manzanas S/N - Treinta (30) lotes, conforme a los croquis de loteo que se adjuntan a la presente como Anexos I, II y III respectivamente, a favor del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de la Provincia de Entre Ríos para la asignación de grupos habitacionales a construírse en la localidad de María Grande en el marco del Programa Federal Plurianual Reconvertido de Construcción de Viviendas.
Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

SACKS MIGUEL ANGEL ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 1 de Julio de 2009


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