Ordenanzas Nº 414

ORDENANZA N°414/03.

VISTO :

El Convenio firmado el 11 de septiembre de 2.003 entre la Subsecretaría de Servicios Públicos al referéndum del Poder Ejecutivo por una parte, y por la otra la Municipalidad de María Grande refrendado por el Decreto Nº 4678 S.E.O. y S.P.; y

CONSIDERANDO :

Que por este acuerdo la Municipalidad de María Grande se obliga a ejecutar los trabajos correspondientes a la obra "Red de Distribución de Gas Natural", de conformidad al Proyecto y Pliego de Especificaciones Técnicas elaborado por la Dirección de Desarrollo Gasífero;
Que en la Cláusula Decimo Tercera se acuerda que el ente provincial abonará un anticipo de Pesos Ochenta mil cuatrocientos veinticinco con sesenta y seis centavos ($ 80.425,66), obligándose la Municipalidad a dar cumplimiento con la normativa provincial vigente -Ley de Obras Públicas Nº 6351 y sus Decretos Reglamentarios-;
Que a esos fines se ha solicitado al Instituto Autárquico Provincial del Seguro un "Seguro de Caución" por el importe correspondiente al citado anticipo, siendo necesario ceder en garantía a éste los recursos Municipales, incluso coparticipables, hasta cubrir idéntico importe;

POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :

                    O R D E N A N Z A :

Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de María Grande a ceder al Instituto Autárquico Provincial del Seguro los recursos Municipales, incluso los coparticipables, hasta cubrir la suma de Pesos ochenta mil cuatrocientos veinticinco con sesenta y seis centavos ($ 80.425,66), en garantía, del "Seguro de Caución" solicitado a éste por idéntica suma en relación al Convenio firmado el 11 de Septiembre de 2.003 entre la Subsecretaría de Servicios Públicos, al referéndum del Poder Ejecutivo por una parte, y por la otra, la Municipalidad de María Grande, refrendado por el Decreto Nº 4678 S.E.O. y S.P. para la ejecución de los trabajos correspondientes a la obra "Red de Distribución de Gas Natural".

Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

BONELL OSVALDO ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 22 de Octubre de 2003


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