Ordenanzas Nº 944

ORDENANZA N°944/22 - ENOSHA

VISTO :

La necesidad de que este Concejo Deliberante autorice al Departamento Ejecutivo Municipal para efectuar pagos con fondos municipales de certificados de obras vencidos correspondientes a la obra "AMPLIACION DE RED CLOACAL - BARRIO SANTA ANA - MARIA GRANDE - LIC. PCA. 01/22"; y

CONSIDERANDO :

      Que se requiere dicha autorización en virtud de que si bien la obra se encuentra financiada en su totalidad por el Entre Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA), al día de la fecha se registran demoras en las transferencias de fondos que el Ente debe realizar al Municipio, para el pago de los respectivos certificados de obra;
                    Que a la fecha se encuentran emitidos cinco (5) certificados de obra, correspondiendo al primero de ellos al anticipo financiero, que ya ha sido pagado en su totalidad, al igual que el Certificado de Obra N° 2 -Período mayo 2.022 - por un importe total de $ 7.041.089,10, cuyo vencimiento para el pago se verificó en fecha 30/07/2.022 pero que fue pagado el día 31/08/2.022. No obstante ello, a la fecha se encuentra vencido el Certificado de Obra N° 3 -Período Junio/22- por un importe de $ 9.598.956,04 - vencido el 29/08/22, encontrándose próximo a vencer el Certificado de Obra N° 4 - Período Julio/22 por un total de $ 3.796.737,62 - con vencimiento el 30/09/2.022;
                    Que desde el ámbito municipal se ha actuado con premura en el proceso de certificación y rendición de los avances de obra, enviando en tiempo y forma la documentación requerida por el ENOHSA para la habilitación de los fondos comprometidos;
                    Que se debe destacar que la demora en el pago de los certificados, como consecuencia de la demora en la transferencia de fondos del Ente Nacional, no solo es generadora de intereses en favor del contratista que encarecen la obra, sino que también el atraso en los pagos de los certificados pone en serio riesgo la continuidad de la obra debido al proceso inflacionario que está viviendo nuestro país, a lo que se suma el hecho de que el ENOHSA no ha habilitado para esta obra un sistema de redeterminación de precios, todo lo cual dificulta la ejecución de la obra por parte del contratista, conforme lo manifestado por éste en sede administrativa;
                    Que como consecuencia de ello se pretende obtener autorización de este Concejo Deliberante para poder realizar pagos parciales de certificados vencidos, de modo de permitirle al contratista poder afrontar algunos costos operativos fijos y de esta manera permitir la continuidad de la obra. Todo ello con cargo de restituír los fondos una vez que se reciban las transferencias del ENOHSA;
                    Que en vista de la situación expuesta se estima conveniente a los intereses del Municipio proceder a la autorización requerida;
POR ELLO
                    EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:
                    O R D E N A N Z A:
Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a la realización de pagos de certificados de obra vencidos correspondientes a la obra "AMPLIACION DE RED CLOACAL - BARRIO SANTA ANA - MARIA GRANDE - LIC. PCA. 01/22" con fondos pertenecientes a rentas generales del Municipio.
Artículo 2º.- Dispónese que una vez recibidos los fondos que el ENOHSA ha comprometido para dicha obra, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá restituír a la cuenta de rentas generales las sumas de las que se hubiera hecho uso en el plazo de cinco (5) días.-
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

SCHAMLE MARIA DE LOS ANGELES ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 6 de Octubre de 2022


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