Ordenanzas Nº 415
ORDENANZA N°415/03.
VISTO :
El convenio suscripto entre el Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos por una parte, y por la otra la Municipalidad de María Grande; y
CONSIDERANDO :
Que en el mismo se establecen las condiciones bajo las cuales la Municipalidad abonará a dicho organismo una deuda en concepto de aportes sobre adicionales no remunerativos;
Que dichas condiciones se estiman convenientes a los intereses del Municipio;
Que corresponde para el caso ratificar este acuerdo;
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:
       O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Refréndase el "Convenio de Pago de Deudas de Aportes"suscripto entre el Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos por una parte, y por la otra, la Municipalidad de María Grande, el que agregado forma parte integrante de la presente.-
Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
FIRMANTES :
BONELL OSVALDO ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. ) |
MARIA GRANDE, 13 de Noviembre de 2003