Ordenanzas Nº 415

ORDENANZA N°415/03.

VISTO :

El convenio suscripto entre el Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos por una parte, y por la otra la Municipalidad de María Grande; y

CONSIDERANDO :

Que en el mismo se establecen las condiciones bajo las cuales la Municipalidad abonará a dicho organismo una deuda en concepto de aportes sobre adicionales no remunerativos;
Que dichas condiciones se estiman convenientes a los intereses del Municipio;
Que corresponde para el caso ratificar este acuerdo;

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:

                    O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- Refréndase el "Convenio de Pago de Deudas de Aportes"suscripto entre el Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos por una parte, y por la otra, la Municipalidad de María Grande, el que agregado forma parte integrante de la presente.-

Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

BONELL OSVALDO ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 13 de Noviembre de 2003


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