Ordenanzas Nº 639
ORDENANZA N°639/12 - MUSEO DE MAQUINARIA.
VISTO :
La presentación efectuada por parte de la Sociedad Rural de Maria Grande, a través de la Subcomisión de Maquinas Agrícolas antiguas, que fuere ingresada a la Municipalidad de Maria Grande mediante Nota Registro A-0150 de fecha 6 de enero de 2012 en lo referido al proyecto de emplazamiento del Museo de Maquinarias Agrícolas;
CONSIDERANDO :
Que a través de la misma se solicita colaboración del Municipio de Maria Grande para el desarrollo del proyecto del mencionado Museo de Maquinarias, cuyo emplazamiento ha sido planificado sobre el inmueble ubicado en los terrenos de la Ex Estación de Maria Grande de la línea ferroviaria General Urquiza, de los que el Municipio tiene la tenencia;
Que dicha fracción de terreno se encuentra ubicada en la planta urbana de Maria Grande, con domicilio parcelario en Avenida Arturo Illia esquina calle Intendente Atilio Rochi, con una superficie de 6.643 m2. (seis mil seiscientos cuarenta y tres metros cuadrados);
Que la mencionada entidad ha solicitado que el plazo de comodato se extienda a 99 años a fin de que por el mismo se asegure la posibilidad de gestionar y obtener fondos para la construcción del mencionado museo, siendo para ello necesario extender el plazo al mayor tiempo posible;
Que en consecuencia y teniendo en cuenta la finalidad altruista que persigue el museo, rescatando y preservando el pasado a fin de que se mantengan vivas en las generaciones futuras el origen productivo agrícola de nuestra región y país, persiguiendo una finalidad educativa y formadora, turística y recreativa de personas de todas las edades, resulta tal requerimiento de suma importancia para la comunidad;
Que debe ser una premisa del estado posibilitar a instituciones civiles sin fines de lucro poder desarrollar actividades que tiendan al crecimiento cultural de nuestra ciudad y para ello el lugar elegido se enmarca dentro del desarrollo urbanístico de nuestra ciudad;
Que desde el año 2004, cuando en el marco de los festejos por los 100 años de nuestra ciudad, comenzó a crecer esta idea pergeñada por productores, trabajadores rurales, y demás personas a las que les atrae el rescate del pasado económico y productivo de nuestra ciudad, brindando en el marco de la exposición que desarrolla esta entidad solicitante la maquinaria restaurada y en estado de funcionamiento, lo que la hace distinta y doblemente destacable como atractivo para la ciudad, su región y el país;
Que en el marco del proceso electoral vivido en el año 2011 las fuerzas políticas han asumido su compromiso común de brindar atención a esta iniciativa y sus requerimientos, resultando necesario en consecuencia el dictado de la presente para el efectivo otorgamiento del comodato sobre el inmueble en cuestión a los efectos de facultar al Departamento Ejecutivo la suscripción del mismo;
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :
       O R D E N A N Z A :
Artículo 1º.- Otórguese por el plazo de noventa y nueve (99) años a contar desde la fecha de promulgación de la presente un COMODATO a favor de la Sociedad Rural de Maria Grande con el destino de emplazar el Museo de Maquinarias Agrícolas Antiguas en la fracción del terreno que se encuentra ubicado en la Planta Urbana de Maria Grande, con domicilio parcelario en la Avenida Arturo Illia esquina calle Intendente Atilio Rochi, con una superficie de seis mil seiscientos cuarenta y tres metros cuadrados de superficie (6643,00 m2) de acuerdo al proyecto que fuera presentado ante la Municipalidad e Maria Grande mediante Nota Reg. A-0150 de fecha 06 de enero de 2012.
Articulo 2°.- Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Contrato de Comodato de Inmueble respectivo por el plazo y alcances establecidos en el artículo precedente.
Articulo 3°.- Establecese que si la Sociedad Rural de Maria Grande, por cualquier causa o circunstancia dejara de existir como entidad con personería jurídica o se cambiara el destino para el que ha otorgado el contrato de Comodato, quedara el mismo reincidido automáticamente y la fracción de terreno ubicado en la Planta Urbana de Maria Grande, con domicilio parcelario en la Avenida Arturo Illia esquina calle Intendente Atilio Rochi, con una superficie de seis mil seiscientos cuarenta y tres metros cuadrados de superficie (6643,00 m2) volverá de manera inmediata a la posesión del Municipio de Maria Grande con todo lo que allí plantado, edificado y adherido al suelo.
Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
FIRMANTES :