Ordenanzas Nº 457

ORDENANZA N°457/04 - OBRAS.

CONSIDERANDO :

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :

                    O R D E N A N Z A :

Artículo 1º.- Refréndase el convenio celebrado en fecha 25 de agosto de 2.004 entre la Municipalidad de María Grande, representada por el Sr. Presidente Municipal, Dr. DIEGO LUCIO N. LARA, asistido por el Secretario de Gobierno, Obras y Servicios Públicos, Ing. MARIO ANIBAL FERRI, con domicilio en calle Avenida Argentina 320 de esta ciudad, por una parte y por la otra, el Sr. SANTIAGO FABIAN CUCUZA, DNI. Nº 17.487.786, domiciliado en calle Saraví 662 de la ciudad de Paraná, por un monto total y único de Pesos Doscientos dieciseis mil setecientos noventa con ochenta y cinco centavos
($ 216.790,85), para la realización de los trabajos y aporte de materiales que demande la terminación del 59.25% de la Obra "20 Viviendas del Programa Casa Propia - Módulo 1" en un todo de acuerdo a lo establecido por el proyecto técnico del I.A.P.V., el que agregado forma parte integrante de la presente.-

Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

SCHMIDT JULIO CESAR ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 23 de Septiembre de 2004


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