Departamento Ejecutivo
Ordenanzas Nº 763
ORDENANZA Nº 763/17 - TASA COMERCIAL
VISTO :
La inquietud planteada por un grupo de comerciantes de la localidad ante la aplicación de la Tasa Comercial correspondiente a la Ordenanza General Impositiva año 2017, de acuerdo a criterios establecidos en la Ordenanza Nº 252/97 que modificó el Código Tributario Municipal original del año 1984;
       Que se estima razonable adoptar medidas tendientes a aportar soluciones a esta problemática;
CONSIDERANDO :
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
Artículo 1º.- Instése al Departamento Ejecutivo Municipal a arbitrar todos los medios disponibles dentro del ámbito de la administración para la atención prioritaria de reclamos que hayan sido o sean formalmente presentados y guarden relación directa con la situación que actualmente se presenta en cuanto a pagos de Tasa Comercial municipal por parte de los contribuyentes, estableciéndose para ello un plazo hasta el día 30 de Marzo de 2017.-
Artículo 2º.- Dispónese que todos aquellos contribuyentes de Tasa Comercial municipal que hayan formalizado su reclamo en la forma y plazo indicado en el artículo que antecede y hasta tanto sea atendida y resuelta su situación particular, quedan eximidos del pago de intereses y multas sobre períodos ya vencidos del corriente año.
Artículo 3º.- Establécese que para los casos de contribuyentes que habiendo abonado uno o más períodos realicen su reclamo de manera posterior y luego de resuelta su situación particular se originen eventualmente créditos en su favor, el mismo sea considerado a cuenta de pago del período con vencimiento inmediato posterior y para el mismo concepto.-
Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
FIRMANTES :