Concejo Municipal
Ordenanzas Nº 982
ORDENANZA N°982/23 - MODIFICACION ORD N°961/23.
VISTO :
Lo establecido por Ordenanza N° 961/23 referida al mejorado y afirmado de calles y su realización con materiales apropiados, regulando a su vez el uso de brosa calcárea; y
CONSIDERANDO :
Que el emplazamiento de nuevos loteos en nuestra ciudad hace necesario realizar ajustes en la normativa mencionada, atendiendo a permanente variación de costos que implica la apertura de nuevas calles públicas;
       POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 5°) de la Ordenanza N° 961/23, quedando redactado de la siguiente manera: "Artículo 5°.- Se establece el costo por metro lineal de frente mejorado de acuerdo al material utilizado en la suma equivalente a:
-  Piedra de arroyo, ripio calcáreo, RAP con cordón cuneta: el equivalente al valor de siete (7) bolsas de cemento Portland de 50 Kg.
-  Piedra de arroyo, ripio calcáreo, RAP sin cordón cuneta: el equivalente al valor de dos (2) bolsas de cemento Portland de 50 Kg.
-  Para el caso de nuevas arterias que requieran trabajos específicos de mayor complejidad, el valor será determinado por el Departamento Ejecutivo Municipal en base a una evaluación técnica de los costos de obra. Para ello, se tomarán cuenta parámetros como la cantidad de materiales necesarios y de mano de obra requerida y/o cualquier costo adicional que requiera la complejidad de la obra a realizar.
Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
FIRMANTES :