Ordenanzas Nº 587

ORDENANZA N°587/09 - CATASTRO.

VISTO :

La solicitud de donación del inmueble donde se encuentra actualmente ubicada la sede y el Centro Comunitario de la Comisión Vecinal Barrio Sur de María Grande; y

CONSIDERANDO :

Que la mencionada Comisión solicita se formalice la donación del inmueble de 1.000 m2. de superficie donde la misma ha construído su Centro Comunitario, que se encuentra registrado con Plano de Mensura Nº 152140 - Lote B - ubicado en calle Fortunato Calderón Nº 368 de la Manzana Nº 29 de la Planta Urbana de la Ciudad de María Grande, Distrito María Grande Primero del Departamento Paraná, registrado bajo Partida Provincial Nº 214220 del Registro Público de Paraná, con destino a ser utilizado como sede de la referida Comisión Vecinal y Centro Comunitario de dicho barrio;
                    Que conforme los registros obrantes en la División Catastro Municipal se constata que el inmueble solicitado en donación corresponde al municipio por compra realizada a la Suc. de Jorge Isaac Koremblit;
Que desde la fecha 10 de mayo de 2001 la Comisión Vecinal Barrio Sur tiene la tenencia precaria de dicho inmueble, contando también con la personería jurídica como tal se la otorgara desde la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas;
Que la presente donación debe ser realizada a la Comisión Vecinal Barrio Sur con el cargo de ser destinada como sede y funcionamiento del Centro Comunitario del barrio, sin posibilidad de que el mismo pueda ser enajenado o gravado por cualquier causa y en caso que la misma resulte disuelta, por cualquier causa, este inmueble regresará al patrimonio del Municipio de María Grande;
Que de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipios Nº 3001 y sus modificatorias, Artículo 105º, inc.1º) punto a) son atribuciones de este Honorable Concejo Deliberante autorizar el acto jurídico que se pretende con esta ordenanza;
           POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
Artículo 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar ante la Comisión Vecinal Barrio Sur de María Grande la DONACION del inmueble de 1.000,00 m2. que se encuentra dentro de una de mayor superficie, según Plano de Mensura Nº 152140 - Lote B - sito sobre Calle Fortunato Calderón Nº 368 de la Manzana Nº 29 de la Planta Urbana de la Ciudad de María Grande, Distrito María Grande Primero del Departamento Paraná, registrado bajo Partida Provincil Nº 214220 del Registro Público de Paraná, de propiedad del Municipio por compra realizada a la Suc. de Jorge Isaac Koremblit.-
Artículo 2°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar la correspondiente escritura traslativa de dominio realizando la donación de inmueble detallado en el artículo anterior.-
Artículo 3º.- El destino del inmueble donado será a los fines de ser utilizado única y exclusivamente como sede y Centro Comunitario de la Comisión Vecinal de Barrio Sur de María Grande, lo que así deberá constar en la escritura pública de donación.-
Artículo 4º.- Establecer como condición que la Comisión Vecinal Barrio Sur no podrá enajenar o gravar por cualquier causa el inmueble que se le dona y también en caso que la misma resulte disuelta por cualquier causa, este inmueble regresará al patrimonio del Municipio de María Grande, lo cual también deberá constar en la escritura pública de donación.-
Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

SACKS MIGUEL ANGEL ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 18 de Noviembre de 2009


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