Ordenanzas Nº 464

ORDENANZA N°464/04 - CARITAS ARGENTINA.

VISTO :

          La Ordenanza Nº 458/04; y

CONSIDERANDO :

Que la norma antes mencionada autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a donar a "Cáritas Argentina" un inmueble de 2.000 Mts.2 propiedad de la Municipalidad de María Grande con destino a la construcción de 10 viviendas según el proyecto "María Auxiliadora Construye";
Que ese terreno presenta problemas surgidos con ocupantes ilegales que hace imposible su utilización en forma inmediata;
Que ante la exigencia de los organismos nacionales de contar con el predio y ante la posibilidad de que no se pueda concretar el proyecto por la situación antes planteada, es que se estima conveniente ofrecer otra fracción de terreno en el mismo sector;
Que por razones operativas, es necesario derogar esta ordenanza y proceder al dictado de una nueva disposición;

POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :

                    O R D E N A N Z A :

Artículo 1º.- Derógase la Ordenanza Nº 458/04 por los motivos expresados en los considerandos de la presente.

Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a donar a "Cáritas Argentina" el inmueble de 100,00 Mts. de frente a calle San Lorenzo (proyectada); 20,00 Mts. de frente a calle Maipú; 100,00 Mts. con Municipalidad de María Grande y 20,00 Mts. frente a calle Pío XII (proyectada) de una superficie de 2.000,00 Mts.2, que se ubica en Manzana sin número y dentro de un inmueble de mayor superficie que se identifica con Plano de Mensura Nº 117.021, inscripto en el Registro de la Propiedad de Paraná bajo Matrícula Nº 155.918, de propiedad de la Municipalidad de María Grande.

Artículo 3º.- La donación referida en el Artículo anterior se realizará con el cargo de que "Cáritas Argentina" lleve a cabo la construcción de diez (10) viviendas según el Proyecto "María Auxiliadora Construye", lo que deberá quedar asentado en la escritura traslativa de dominio a realizarse.

Artículo 4º.- El costo de la escritura traslativa de dominio y el plano de mensura de deslinde de la fracción de terreno del inmueble que se dona será a cargo de "Cáritas Argentina".

Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

WOLFF VIVIANA GUADALUPE ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 11 de Noviembre de 2004


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