Ordenanzas Nº 507

ORDENANZA N°507/06 - PERSONAL.

VISTO :

               La estructura salarial vigente para el personal de planta permanente e integrantes del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de María Grande, como así también los cargos establecidos por el Presupuesto 2.006; y
                    

CONSIDERANDO :

Que como resultado del acuerdo arribado con el Sindicato Unión
Obreros y Empleados Municipales (S.U.O.Y.E.M.) Seccional María Grande se dispuso ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante, una recomposición salarial consistente en un incremento del veinte por ciento (20%) en los haberes básicos de todas las categorías del personal escalafonado y no escalafonado a partir del 1º de marzo del año en curso;
Que a partir de dicha recomposición de la escala salarial, los básicos del personal de planta permanente se equipararon con las remuneraciones de los municipios de la provincia que ostentan los más elevados salarios;
Que con esta nueva recomposición salarial se ha logrado mejorar todos los básicos de cada categoría de los agentes municipales, arrojando como promedio una suba porcentual (en lo que va de 2.004 a 2.006) del 117%;
Que las Ordenanzas Nºs. 85/92 y 420/03 determinan la retribución a percibir por el Presidente Municipal y demás integrantes del Departamento Ejecutivo Municipal;
Que desde el inicio de esta gestión se han otorgado mejoras salariales de consideración a todas las categorías de la administración municipal incluído al personal fuera del escalafón, cuya remuneración está fijada por un porcentaje de la determinada para el Presidente Municipal;
Que en el caso de los haberes vigentes para los integrantes del Departamento Ejecutivo Municipal, los mismos resultan de los valores fijados por la Ordenanza Nº 85/92 del año 1.992, solo modificado en forma parcial con el otorgamiento de un adicional no remunerativo no bonificable de Pesos Ciento Cincuenta para los funcionarios, excluído el Presidente Municipal, medida dispuesta mediante Decreto Nº 159/05 refrendado por la Ordenanza Nº 492/05;
Que los distintos aumentos producidos en la planta de empleados permanentes ha producido un desfasaje en la relación proporcional de los haberes de los funcionarios con el resto del personal, verificándose que algunos agentes están percibiendo ingresos mayores al de los integrantes del Departamento Ejecutivo, por lo que corresponde disponer equidad entre la responsabilidad de la función y la remuneración;
Que dichos haberes han quedado relegados en virtud del análisis comparativo hecho con los distintos municipios de primera categoría e inclusive de segunda del Departamento Paraná Campaña, incluídos aquellos de menor población y menor actividad económica. Como asimismo en orden a los funcionarios provinciales;
Que resulta procedente actualizar dichos haberes, con el propósito de actualizar el monto que remunere adecuadamente la responsabilidad de los funcionarios municipales;
Que además, como medida de mejorar el nivel de los haberes del personal municipal de menores ingresos, se cree oportuno promover a los agentes que se encuentran en las categorías mas bajas;
Que es una facultad legal y constitucional de oportunidad, mérito y conveniencia del Departamento Ejecutivo la designación, ascenso, recategorización y remoción de empleados de este municipio de acuerdo a lo establecido en las previsiones establecidas en la Ley 3.001;
Que se determinaron ascensos o recategorizaciones en la planta de cargo del personal escalafonado de este municipio, en forma parcial, paulatina y escalafonada de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y a los méritos de cada uno de los agentes que serán promovidos;
Que si bien se ha tenido en cuenta toda la planta de cargo para tal fin, en esta primera etapa se procederá a recategorizar aquellos agentes que, a criterio de los órganos pertinentes, han sido mencionados por su conducta y desempeño personal aptos para integrar este primer acto de promoción, sin perjuicio que el resto de los empleados, en una segunda etapa, y previamente evaluado de igual manera que los beneficiados en este acto para acceder a dicho beneficio. Lo expuesto es sin perjuicio de que existan agentes que por su conducta o desempeño laboral no califiquen para tal promoción, en razón del mérito que oportunamente se haga al respecto y queden postergados del mismo;
Que por lo tanto, y ante la necesidad de realizar designaciones para cubrir cargos vacantes, debe replantearse la actual estructura de cargos establecida en el Presupuesto 2.006;
Que según lo establecido por el Artículo 95º del Reglamento Orgánico Municipal modificado por Ordenanza Nº 13/84 corresponde al Honorable Concejo Deliberante legislar sobre estos asuntos;
Que deberán realizarse las adecuaciones presupuestarias que el caso requiera;

POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :

                    O R D E N A N Z A :

Artículo 1º.- Apruébase el Decreto Nº 031/06 del Departamento Ejecutivo Municipal ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante, otorgando un incremento porcentual en el salario básico de las categorías que componen el escalafón de la Administración Pública Municipal y del personal no escalafonado, equivalente al veinte por ciento (20%) a partir del 1º de Marzo de 2.006.-

Artículo 2º.- Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 85/92, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1º.- Fíjase en Pesos dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho ($ 2.448,00) el sueldo básico del Presidente Municipal, más un ochenta por cientos (80%) en concepto de gastos de representación, a partir del 1º de Marzo de 2.006.".

Artículo 3º.- Modifícase la Planilla de Cargos del Presupuesto 2006 a fin de realizar recategorizaciones, nombramientos y contrataciones, la que queda determinada en setenta y cinco (75) el número de cargos en Planta Permanente, nueve (9) el número de cargos en Planta Contratada y cinco (5) los cargos de la Planta de Funcionarios Políticos, según el siguiente detalle:
Concepto                    Cantidad de Cargos Planta Permanente
Total Cargos Categoría 1               0
Total Cargos Categoría 2               3
Total Cargos Categoría 3               2
Total Cargos Categoría 4               0
Total Cargos Categoría 5               6
Total Cargos Categoría 6               6
Total Cargos Categoría 7               23
Total Cargos Categoría 8               13
Total Cargos Categoría 9               15
Total Cargos Categoría 10               5
Contador Municipal                    1
Juez de Faltas                         1
Total de Cargos                     75

Concepto                    Cantidad de Cargos Planta Contratados
Total Cargos Categoría 10               8
Total de Cargos                     8


Artículo 4º.- Modifícase el Cálculo de Recursos para 2006 aprobado por Ordenanzas Nºs. 502/06 y modificatoria Nº 504/06, según conceptos detallados en anexo que se adjunta, significando un aumento de Pesos Doscientos Ochenta y Dos Mil Seiscientos Diecinueve con Ochenta y Seis Centavos ($ 282.619,86), de acuerdo a los siguientes rubros:
Recursos Corrientes               $ 218.339,86
Recursos de Capital               $ 0,00
Financiamiento               $ 64.280,00

Artículo 5º.- Modifícase el Presupuesto General de Gastos para 2006, aprobado por Ordenanzas Nºs. 502/06 y modificatoria Nº 504/06, según conceptos detallados en planillas adjuntas, incrementándose en Pesos Doscientos Ochenta y Dos Mil Seiscientos Diecinueve con Ochenta y Seis Centavos ($ 282.619,86), de acuerdo a los siguientes rubros:
Erogaciones Corrientes           $ 325.119,86
Erogaciones de Capital          $ 7.000,00
Otras Erogaciones               $ (49.500,00)

Artículo 6º.- Derógase toda disposición anterior que se oponga a la presente.-

Artículo 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

SACKS MIGUEL ANGEL ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 20 de Abril de 2006


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