Ordenanzas Nº 644

ORDENANZA N°644/12 - DIGESTO.

VISTO :

La necesidad de ordenar la normativa jurídica municipal y de obtener un acceso fácil y rápido a la misma para facilitar la consulta por parte de la ciudadanía de Maria Grande y su aplicación por parte de las autoridades municipales;
Que dicha normativa debe estar ordenada, compilada y depurada.; y

CONSIDERANDO :

Que las normas jurídicas se reputan conocidas por todos los habitantes desde su publicación;
Que tal circunstancia no siempre se da en el ámbito de nuestra ciudad, debido a que no existe un medio oficial de publicidad;
Que en tal sentido, no existe actualmente un modo claro de conocer las normativas vigentes municipales, un tampoco las que han sido modificadas o derogadas;
Que el desconocimiento de las normas jurídicas por parte de la ciudadanía suele ser uno de los motivos de generación de conflictos de los vecinos con el municipio;
Que asimismo el desorden legislativo crea en la sociedad serios inconvenientes con respecto a las sanciones que deben aplicarse por su trasgresión;
Que debe garantizarse la publicidad de los actos de gobierno y el acceso a la información publica que establece el artículo 13 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos y el artículo 108 inciso m) de la Ley N 10.027 del Régimen Municipal;
Que en razón de lo expuesto, resulta impostergable crear un proceso de formación del Digesto Jurídico Municipal para consolidar la legislación vigente en el ámbito de la ciudad de Maria Grande y permitir la revisión constante de cada ordenanza vigente;
Que el Digesto Jurídico Municipal resultara de gran importancia a los concejales y funcionarios municipales, evitando de esta manera la presentación de proyectos sobre cuestiones ya legisladas y la sanción de ordenanzas contradictorias;
Que la mencionada compilación de textos legales también resultara de suma importancia para toda la ciudadanía mariagrandense, que podrán contar con la posibilidad de un mecanismo fácil y directo de consulta legislativa;
Que dicho trabajo implica una ardua y minuciosa tarea de clasificación, depuración y ordenamiento por materias de todas las Ordenanzas que históricamente fueron sancionadas y promulgadas en el Municipio de Maria Grande;
Que la confección de un digesto legislativo municipal permitirá posteriormente a la Municipalidad de Maria Grande publicarlas en un sitio o pagina Web oficial para permitir el acceso al mismo y realizar consultas de manera ordenada y por materias;

POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :
                    O R D E N A N Z A :
Artículo 1º.- Crease el Digesto Jurídico de la Municipalidad de Maria Grande, el cual comprenderá, en primera instancia, todas las Ordenanzas municipales vigentes y su correspondiente reglamentación, ordenadas en forma temática y cronológica.
Articulo 2°.- La elaboración del mismo estará a cargo de una comisión que se denominara "Comisión de Ordenamiento Legislativo Municipal" y tendrá a su cargo la revisión, estudio, depuración y armonización de toda la legislación vigente. Para esta función utilizara las técnicas de Recopilación, Unificación y Ordenación, pero en ningún caso se podrán introducir modificaciones que alteren la letra o el espíritu de las Ordenanzas revisadas. Por otra parte, la Comisión de Ordenamiento Legislativo Municipal determinara las materias en que se subdividirá el Digesto.
Articulo 3°.- La Comisión de Ordenamiento Legislativo Municipal estará compuesta de la siguiente manera:
-     Presidente del Deliberante
-     Secretario del Deliberante
-     Un concejal por cada Bloque Legislativo del Deliberante
-     Un representante del Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo 4º.- El plazo para la elaboración del proyecto de Digesto Jurídico de la Municipalidad de Maria Grande será de un año, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza. El Deliberante podrá otorgar un nuevo plazo de seis meses a solicitud de la "Comisión de Ordenamiento Legislativo Municipal".
Artículo 5º.- Luego de su confección, la Comisión elevara al Deliberante el proyecto de Digesto Jurídico Municipal para su aprobación mediante Ordenanza.
Artículo 6º.- Las Ordenanzas sancionadas con posterioridad a la puesta en vigencia del Digesto Legislativo se incorporaran automáticamente al mismo, debiendo encuadrarse en la correspondiente categoría, lo cual se determinara en oportunidad de la sanción de las mismas.
Artículo 7º.- Una vez que el Municipio de Maria Grande disponga del servicio de página Web se otorgara valor de publicación oficial a la reproducción de las Ordenanzas sancionadas en la misma.
Artículo 8º.- Posteriormente a su entrada en vigencia, el Deliberante podrá incluir en el Digesto Jurídico Municipal ordenanzas vigentes sin reglamentar, ordenanzas derogadas, leyes y decretos nacionales y provinciales, jurisprudencia y cualquier otro tipo documentos que considere importante incorporar.
Artículo 9º.- La incorporación en la elaboración del Digesto Jurídico Municipal será "ad honorem" y en ningún caso se permitirá el cobro de honorarios por la participación en la Comisión de Ordenamiento Legislativo Municipal.
Artículo 10º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

STANG FRANCISCO HORACIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 23 de Mayo de 2012


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