Ordenanzas Nº 441
ORDENANZA N°441/04.
VISTO :
   Que el día 31 de mayo culmina el primer Período de Sesiones Ordinarias del año 2.004 del Honorable Concejo Deliberante; y
CONSIDERANDO :
   Que se estima conveniente establecer un período de prórroga por sesenta (60) días a fin de considerar temas entrados a la fecha y otros que eventualmente pudieran presentar el Departamento Ejecutivo Municipal y/o los señores concejales;
POR ELLO
       EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :
       O R D E N A N Z A :
Artículo 1º.- Prorrógase por sesenta (60) días el Período de Sesiones Ordinarias del Honorable Concejo Deliberante, tal cual lo establece el Artículo 97º de la Ley 3.001 - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos- a fin de dar tratamiento a los siguientes temas, sin perjuicio de la futura ampliación de temario:
-  Proyecto de Ordenanza presentado por el Concejal Daniel Senger referido a la regulación de Cyber-cafés.
-  Proyecto de Ordenanza enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal referido a la creación de Junta de Defensa Civil Municipal
-  Proyecto de Ordenanza enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal estableciendo precios y condiciones de pago para contribución de mejoras por pavimento
-  Proyecto de Ordenanza enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal modificando mecanismos de otorgamiento de carnet de conductor.
Artículo 2º.- Registrar, comunicar, publicar y archivar.-
FIRMANTES :