Ordenanzas Nº 1071

ORDENANZA N°1071/25 - VEHICULOS RETENIDOS

VISTO :

Las ordenanzas municipales N° 722/15 y N° 1052/24, mediante las cuales se dispone adherir a los regímenes de la Ley Nacional Nº 26.348 y Nº 20.785 y Ley Provincial Nº 10.295; y

CONSIDERANDO :

Que las mencionadas normas establecen como consecuencia del abandono de vehículos secuestrados la posibilidad de disponer de los mismos mediante un procedimiento de descontaminación y compactación, o remate, respectivamente, lo que implica para sus propietarios una pérdida del dominio de los mismos;
Que el Municipio no cuenta con móviles suficientes para prestar los servicios a su cargo de manera óptima;
Que entre los vehículos retenidos por un periodo prolongado y cuyos titulares no han intentado recuperar, se han identificado algunos que podrían ser puestos en funcionamiento y, consiguientemente, afectados al servicio del Municipio;
Que disponer el uso oficial de los vehículos retenidos por contravenciones de tránsito y abandonados por sus titulares, a fin de satisfacer servicios públicos de la ciudadanía, implica una consecuencia mucho menos gravosa que la pérdida del domino y posterior destrucción o venta, tal como lo establece la normativa citada, además de garantizar la función social que debe tener la propiedad privada en concordancia por lo dispuesto en el Art. 21º de la Convención Americana de Derechos Humanos, el cual establece que "toda persona tiene derecho al uso y goce de sus bienes, pero el Estado puede subordinar ese uso y goce al interés social", y nuestra Constitución Provincial en su Art. 23º dispone: "La propiedad privada es inviolable y tiene función social";

POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:

Artículo 1º.- Una vez confeccionado el listado de vehículos, o parte de éstos, que a la fecha de la promulgación de la presente hayan superado un período de seis (6) meses consecutivos de depósito -sin variaciones en su condición de retenido-, debiendo identificarse con sus respectivos datos identificatorios que estén disponibles, visibles y legibles, tales como: Dominio, Tipo de vehículo, Marca, Modelo, Número de motor, y Número de chasis; ello a efectos de cumplimentar el procedimiento determinado por el Programa Nacional de descontaminación, compactación y disposición Final de Vehículos (PRO.DE.CO) al cual adhiere la Ordenanza Municipal Nº 1.052/2024. El personal idóneo municipal informará al Departamento Ejecutivo Municipal cual/es de tales vehículos se encuentran en condiciones de ser puestos en funcionamiento para el uso oficial del Municipio, elaborando un listado a tal fin.
Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, en conjunto con la o las secretaría/s pertinente/s, en caso de carecer de móviles suficientes para cumplir con sus tareas habituales, evaluarán el citado listado a fin de determinar si alguno/s del / de los vehículo/s allí consignado/s cumple/n con las características necesarias para ser destinados al uso oficial.
Artículo 3º.- En caso de identificarse vehículos aptos para el uso oficial, el D.E.M. elaborará un nuevo listado integrado exclusivamente por estos, debiendo excluírselos del listado de vehículos destinados a descontaminación y compactación.
Artículo 4º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, elaborado que sea el listado enunciado, procederá a publicar edictos que contendrán la referida nómina, lo que deberá tener lugar durante un (1) día en el "Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos" y, en medios de comunicación local, y asimismo, en un diario de distribución local , zonal y/o regional, ello por un plazo no inferior a los cinco (5) días; la publicación intimará que, en el plazo de quince (15) días, quienes detenten algún derecho sobre los vehículos que se encuentren en dependencias municipales, se presenten ante el Juzgado de Faltas de María Grande con documentación fehaciente que acredite la titularidad o tenencia legítima sobre tales bienes que dé lugar a su retiro, cumpliendo asimismo con los demás recaudos legales exigidos por tal organismo.
Articulo 5º.- Vencido el plazo dispuesto en el Artículo anterior sin que se hayan acreditado legítimos derechos sobre los bienes bajo régimen cautelar, el Departamento Ejecutivo Municipal queda autorizado a declarar la tenencia sobre los mismos y a afectarlos al uso oficial en las áreas municipales que se determinen, debiendo ser destinados exclusivamente a prestar servicios públicos dentro del ejido municipal, para lo cual deberán contar con seguro de Ley y, asimismo, cumplir con todo otro recaudo que la normativa exija para su circulación.-
Articulo 6º.- Apuébese en este acto el listado de un total de dos (2) vehículos y siete (7) motovehículos "-ANEXO 1"- identificados de acuerdo a lo establecido por los Artículos precedentes, para que el DEM, a partir de la reglamentación de la presente, proceda con los trámites determinados y previos a la afectación de los mismos a uso oficial municipal.
Articulo 7º.- Establézcase, para los procedimientos futuros de la misma naturaleza que motiva la presente, se requiera la autorización expresa de este H.C.D. en atención a datos aportados por el D.E.M., detallándose los vehículos/motovehículos que se pretende declarar de uso oficial.
Artículo 8°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese

ANEXO :

"ANEXO I"

LISTADO VEHÍCULOS Y MOTOVEHÍCULOS para afectación a Uso Oficial

TIPO      ACTA
Nº      FECHA      MARCA/MODELO      DOMINIO      Nº CHASIS      Nº MOTOR
AUTO      01228      23/01/2021      FIAT PALIO
WEEKEND      EJA802      NO VISIBLE      NO VISIBLE
AUTO      0892      15/08/2018      RENAULT CLÍO      CYJ152      8ª1357NLZYL
O57200      F8Q6696C095
866
MOTO      00 954      4/8/2018      YAMAHA
CRYPTON      098 KBM      8CGKE1974
D0011507      E3LGE252289
MOTO      00 973      5/12/2018      YAMAHA YBR
125      322 HRH      8CGE127V00
49661      E3D5085975
MOTO      00 763      22/11/2017      MOTOMEL CX150      NO
POSEE      LHJYCKLAS
E2953423      162FMJ14A00
873
MOTO      00 087      4/1/2018      ZANELLA HOT 90      583 GYT      8AGH944AM
BC91758      1P47FMF0A70
0578
MOTO      0 1168      24/9/2020      GILLERA VC150      NO
POSEE      LF3PCKDOX
B1009914      LF162FMJA11
33414
MOTO      00 933      21/2/2020      CORVEN 110
ENERGY      258 JSZ      NO VISIBLE      NO VISIBLE
MOTO      0 1257      27/11/2021      MOTOMEL SKUA
200      A017IMM      8ELM65200G
B04      6044755

FIRMANTES :

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

CONTA IRMA DORA ( Presidente del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 26 de Marzo de 2025


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