Ordenanzas Nº 814

ORDENANZA N°814/18 MATERIAL RECICLABLE

VISTO :

La necesidad de realizar una jornada de recolección de materiales reciclables donde participe toda la población, y poniendo como ejecutores a las diversas instituciones escolares;
                    Que es de suma importancia generar un buen estado de la ciudad y poder apreciar sus espacios verdes, el acondicionamiento de plazas y parques, utilizando los fondos recaudados en los mantenimientos o a la caridad, poniéndole fin al problema de la contaminación de este tipo de residuos y lo que ello conlleva; y

CONSIDERANDO :

Que dicho proyecto debe llevarse a cabo reglamentada y ordenadamente, estando a cargo de dicha jornada una comisión organizadora constituída por miembros de la institución escolar seleccionada;
                    Que a efectos de poder contemplar integralmente todos los aspectos de este proyecto, siendo completamente necesaria la correcta distribución de actividades a cargo de la comisión organizadora determinando la responsabilidad de las instituciones educativas como la del sector público;
                    POR ELLO
                    EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:
                    O R D E N A N Z A:
Artículo 1º.- DEFINICION: Se considera material reciclable al plástico, al papel y al cartón que los vecinos adquieren y almacenan con la compra de diarios, revistas, electrodomésticos, bebidas, entre otros.
Artículo 2º.- CLASIFICACION: según su origen los residuos se clasifican en:
Clase A: PLASTICOS: Residuos que provienen tanto de hogares como de comercios y que son considerados de desintegración lenta. Son adquiridos rutinariamente en forma de bolsas plásticas, botellas de gaseosa, film envoltorio de panificación, entre otros.
Clase B: CARTON y PAPEL: Residuos generados por la mayoría de los establecimientos como: escuelas, librerías, hogares, imprentas, etc. Son los que recaudan en mayor cantidad anualmente, son altamente reciclables y comercializables.
Artículo 3º.- DE LA COMISION COORDINADORA:
a)     La Comisión Coordinadora estará conformada por seis (6) docentes y seis (6) estudiantes que seleccionará el equipo directivo de la institución local que el Municipio haya seleccionado.
b)     Presentar con una semana de anticipación en cada rectoría un legajo que deberá contener los siguientes documentos:
-     Una hora de tamaño A4 donde indique fecha de realización de la jornada y horario de comienzo y finalización.
-     Un plano de tamaño A4 donde indique la zona que le corresponde a cada institución, así de esta manera cada escuela puede distribuir su alumnado y cuerpo docente.
c)     La comisión organizadora deberá entregar con una semana de anticipación el material de seguridad personal provisto por el municipio a alumnos y profesores (un par de guantes por individuo). (Modificada la redacción)
d)     El día de la jornada deberá, en su institución, realizar el acto de acreditación, bienvenida y comienzo de las actividades.
e)     Se hará responsable de diagramar a quién se le venderá el material reciclable recolectado durante la jornada (Modificada la redacción, no el concepto)
f)     Será tesorera del monto recaudado en venta del material reciclable.
g)     Debe cumplir estrictamente las tareas que aquí se detallan, como sus integrantes deben poseer plena responsabilidad para la realización de las tareas.
Artículo 4º.- RECOLECCION DE RESIDUOS: Los residuos serán recolectados en recipientes que tendrán las siguientes características:
A)     Capacidad de 240 litros
B)     Fondo cóncavo
C)     Alto: 1,02 mts.
D)     Ancho: 0,58 mts.
E)     Sin bordes filosos y cortantes
F)     Con rodamiento que facilite su manejo.
(En su interior será colocada una bolsa de arpillera)
Artículo 5º.- AREA DE CONCENTRACION DE RESIDUOS:
-     Cada institución anualmente deberá contar con un espacio determinado para dicho fin con las siguientes características:
-     Será un lugar libre de vegetación que pueda ser afectada, provisto por la institución coordinadora o el municipio.
-     Deberá poseer dimensiones no menores a 10,00 metros cuadrados.
-     Se depositarán allí los cartones, papeles y plásticos recolectados.
-     En ese espacio lo recolectado será sometido a una clasificación de acuerdo a la clasificación mencionada
-     Las instituciones como clínicas, hospitales, escuelas, municipalidad, bomberos, etc. deberán reunir sus residuos de cartón, papel y plástico en bolsas de polietileno de color verde.
-     Las bolsas de polietileno serán proporcionadas por la Municipalidad de nuestra ciudad; los alumnos y profesores de la institución coordinadora se encargarán de distribuirlas.
-     La entrega de bolsas en comercios y establecimientos estará acompañada por la entrega de folletos con carácter de concientización sobre el reciclaje en general.
Artículo 6º.- ALUMNOS Y PROFESORES. Teniendo en cuenta la importancia y el cuidado que requiere llevar a cabo dicha tarea los alumnos paralelamente a sus profesores deberán:
a)     Destinar una jornada de concientización para los habitantes que estará a cargo de profesores de ciencias naturales, biología y química y de los alumnos del Centro de Estudiantes. La modalidad de la jornada de concientización queda a criterio de cada institución.
b)     De no existir un Centro de Estudiantes, los directivos designarán al menos seis (6) alumnos para dicha tarea en conjunto a los profesores.
c)     El Municipio deberá proveer a cada estudiante de un par de guantes de tela en carácter de elemento de seguridad personal para posteriormente concretar la "Jornada Municipal de materiales reciclables"
Artículo 7º.- DISPOSICION FINAL:
a.     Una vez que el municipio de nuestra ciudad designe a la institución escolar organizadora, la comisión coordinadora deberá convocar a una reunión informativa, a la que tendrán que asistir dos representantes de cada institución secundaria. El lugar a concretarse la reunión será en un edificio que la Municipalidad disponga y considere factible. Por ejemplo: Biblioteca Pública, Centro Integrador Comunitario, entre otros.
b. A cada institución participante le tocará recopilar materiales reciclables en los barrios cercanos a la ubicación de la escuela.
c.     Los residuos serán retirados por un transporte provisto por el municipio.
d.     El horario de retiro se diagramará en el día teniendo en cuenta las demoras posibles que conlleva la clasificación.
e.     Se recopilará información acerca de diversas empresas compradoras de productos reciclables para evaluar la selección de los mismos.
f.     El dinero recaudado proveniente de la venta de estos residuos será repartido en igual porcentaje a las instituciones participantes.
g.     Fuera del carácter obligatorio, cada año deberá tocarle organizar a una institución escolar diferente, para que todos los establecimientos educativos de nuestra ciudad puedan experimentar la importancia de la protección del medioambiente.
h.     El dinero será empleado según la necesidad del año en que se realice dicha jornada
     Tanto lo vendido como lo recaudado será insertado en un documento de carácter informativo que será confeccionado por la institución coordinadora.
i.     El documento será expuesto en el Municipio y en la institución coordinadora, como así también se permitirá su divulgación por redes sociales.
Artículo 8º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

ZAPATA SANTIAGO ARIEL ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 29 de Noviembre de 2018


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