Ordenanzas Nº 1042

ORDENANZA N°1042/24 - CATASTRO, CONFIAR, ATER

VISTO :

Las observaciones efectuadas por el Departamento Inmobiliario de la Administradora Tributaria de Entre Ríos -ATER, respecto de los alcances de la Ordenanza N° 856/20 sancionada oportunamente por este Concejo Deliberante en relación al trámite de donación realizada sobre una superficie inmueble por parte de la firma CONFIAR SRL; y

CONSIDERANDO :

Que por la Ordenanza referida se autoriza el Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar la aceptación de la donación efectuada por la firma responsable del Proyecto de Amanzanamiento Urbano que se desarrolla en el sector Este de la ciudad de María Grande, dentro de lo que se comprenden inmuebles de Manzana N° 136 y N° 118 de la Planta Urbana de esta ciudad;
                    Que en atención a lo observado por el organismo provincial, deberán vincularse las partidas catastrales alcanzadas y que completan entre ambas la superficie total donada de 2.774,21 m2., tal como refiere la Ordenanza N° 856/20;
                    Que la situación observada se da en razón de la posterior aprobación de planos de mensura presentados sobre las superficies donadas oportunamente en favor del municipio, por lo que se hace necesario precisar datos catastrales específicos que indiquen la numeración de las partidas catastrales respectivas;
                    Que a los fines de proseguir con el trámite de excención tributaria que ha sido presentado ante la Administradora Tributaria del Gobierno Provincial, se estima procedente rectificar los términos del Artículo 1° de la Ordenanza citada en el "Visto";
POR ELLO
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:

Artículo 1º.- Recifíquese el Artículo 1° de la Ordenanza N° 856/20 promulgada mediante Decreto N° 152/20, el que en adelante quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la DONACION de inmuebles efectuada por la firma Sistema Confiar SRL por una superficie total de 2.774,21 m2 ubicadas dentro de la Manzana N° 136 - Partida N° 279754-6 y Manzana N° 118 -Partida N° 281371-5 de la Planta Urbana de María Grande, que corresponden al amanzanamiento LOTEO MARIA GRANDE TERMAL de un total de 105.387 m2 realizado dentro de la propiedad identificada como Partida Provincial de Origen N° 157.756 - Plano de Origen N° 97.022 - de la ciudad de María Grande, conforme lo dispuesto por el Artículo 22° de la Ordenanza N° 21/84 y modificatorias"
Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

CONTA IRMA DORA ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 2 de Octubre de 2024


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