Ordenanzas Nº 811

ORDENANZA N°811/18. - PROGRAMA DE SEGURIDAD VIAL

VISTO :

Los numerosos accidentes viales ocurridos en el territorio de la República Argentina y en particular, en la provincia de Entre Ríos; y

CONSIDERANDO :

Que el número de accidentes viales es cada día mayor, habiendo aumentado el último año en un valor del 21,5% respecto al año anterior;
                    Que la provincia de Entre Ríos registra una totalidad de 316 decesos anuales a causa de siniestros viales;
                    Que es necesario generar mecanismos de concientización en la población que tiendan a promover buenas prácticas de conducción en los conductores de todo tipo de vehículos;
                    Que en tal sentido, teniendo en cuenta la continua incorporación de los jóvenes a la conducción de vehículos, resulta necesario que su incorporación legal se lleve a cabo dándole a los mismos las mayores posibilidades de contar con herramientas y conocimientos de las reglas viales necesarias para una seguridad mayor a la hora de salir a la calle;
                    Que los jóvenes actualmente necesitan de una mayor profundidad en el conocimiento de las responsabilidades que se asumen al momento de conducir un vehículo, no solo por ellos, sino por los demás habitantes que puedan ser víctimas de conductas imprudentes;
                    Que es responsabilidad del Municipio arbitrar los medios necesarios para que estos siniestros viales no ocurran en la localidad y de esta manera contribuir solidariamente con el resto del país para promover la educación en seguridad vial de los jóvenes conductores;

                    POR ELLO
                    
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:
                    O R D E N A N Z A:
Artículo 1º.- Créase en el ámbito de la Ciudad de María Grande el "Programa de Seguridad Vial" que se denominará "MANEJATE", el cual estará destinado a jóvenes residentes en la ciudad de María Grande que cuenten entre 17 y 18 años de edad.
Artículo 2º.- Para participar del mencionado programa los jóvenes comprendidos deberán nuclearse en grupos pertenecientes al curso de la institución educativa en la que cursen la educación secundaria e inscribirse en el formulario que se establecerá a tales efectos de acuerdo a la reglamentación.
Artículo 3º.- El Programa "MANEJATE" se dividirá en dos instancias: educativa y recreativa.
Artículo 4º.- La primera instancia contará con charlas organizadas por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, quien convocará a las personas que considere apropiadas y en las que se promocionará la enseñanza de las normas de tránsito establecidas a nivel nacional, provincial y municipal para la circulación de todo tipo de vehículos.
Artículo 5º.- Los alumnos deberán realizar trabajos prácticos acerca de lo aprendido, los cuales serán a propuesta del Departamento Ejecutivo Municipal y uno por iniciativa de los mismos.
Artículo 6º.- La segunda instancia, recreativa, contará con actividades a realizarse en el ámbito de la ciudad de María Grande y deberán estar relacionadas con la conducción de vehículos y el cumplimiento de las normas de tránsito.
Artículo 7º.- Una vez finalizadas ambas instancias, los alumnos deberán realizar la presentación del trabajo práctico propuesto por ellos y el informe final sobre las actividades desarrolladas, el cual será evaluado por los integrantes designados.
Artículo 8º.- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá establecer premiaciones a los grupos de alumnos participantes, conforme al criterio que el mismo establezca.
Artículo 9º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar la presente ordenanza.-
Artículo 10º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

ZAPATA SANTIAGO ARIEL ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 22 de Noviembre de 2018


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