Ordenanzas Nº 777
ORDENANZA N°777/17 - CATASTRO.
VISTO :
 La presentación que efectuara ante el Municipio de la ciudad de María Grande el Sr. HERRERA, Marcelo Fabián, M.I.Nº 21.566.345, con domicilio en calle Héctor Solari Nº 412 de esta localidad, la que ingresara bajo Reg. Nº A-1350 de fecha 19 de Junio del corriente año; y
CONSIDERANDO :
 Que por la misma el Sr. Herrera expone la situación habitacional en la que actualmente se encuentra, explicando en tal sentido los motivos y razones por la que se solicita al Municipio le sea otorgado un terreno donde pueda habitar junto a su familia;
 Que a efectos de fundamentar su requerimiento el solicitante acompaña a dicha presentación copia de lo actuado en autos caratulados "Franco de Moine Elsa J. c/ Galetto Gloria M. y otro - Sumario- ejecución de sentencia y honorarios - Incidente de desocupación - Incidente Nulidad- Expte. 31842", tramitado ante el Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial Nº 3;
  Que dicho requerimiento ha sido debidamente considerado en razón de involucrar a una familia de la ciudad de María Grande que se encuentra en la acuciante situación, que vale decir no ha sido provocada por la misma, sino por el contrario se ve perjudicada ante situaciones de deudas generadas por terceros, viéndose obligada a desalojar la vivienda que ha construido con sacrificio y esfuerzo en la que actualmente habita junto a su cónyuge y seis hijos;
   Que de la documentación que se acompaña surge claramente la situación legal del Sr. Herrera, lo cual conlleva una angustia familiar que con este acto se pretende paliar aunque sea de manera parcial;
   Que habiéndose evaluado distintas alternativas ha sido considerada la posibilidad de efectuar una donación a favor del Sr. Herrera sobre el inmueble que se ubica en Manzana Nº 260 de la Planta Urbana de María Grande -Partida Nº 74.297 -Plano Nº 15.902 - Matrícula Nº 137.467 - de una superficie de 500,00 m2, con frente de 12,5 metros sobre calle Sarmiento;
   Que el Municipio de María Grande se registra como titular dominial del lote cuyos datos se consignan en el considerando de orden precedente;
   Que es intención del Honorable Concejo Deliberante intervenir con sensibilidad social para atender situaciones que se presentan dentro de la comunidad, máxime cuando en ellas se ven perjudicadas familias ante un tema de tan alta magnitud como es la vivienda propia y demás temas que ello conlleva;
 Que corresponde sobre el particular la intervención del Honorable Concejo Deliberante, en ajuste a lo dispuesto por el Artículo 95º, Inciso r) de la Ley 10.027 -Régimen de Municipios de la Provincia de Entre Ríos- y su modificatoria;
   POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°.- Autorícese y facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar la DONACION del inmueble sito en Manzana Nº 260 de la Planta Urbana de María Grande -Partida Nº 74.297 -Plano Nº 15.902 - Matrícula Nº 137.467-, de una superficie de 500,00 m2, con frente de 12,50 metros sobre calle Sarmiento, a favor del Sr. HERRERA Marcelo Fabián, M.I.Nº 21.566.345, o la persona que el mismo indique, por los considerandos expresados precedentemente.
Artículo 2°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar los trámites y procedimientos administrativos y legales que correspondan a los efectos de dar cumplimiento efectivo a lo dispuesto por el Artículo que antecede.
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
FIRMANTES :