Ordenanzas Nº 480
ORDENANZA N°480/05 - OBRAS.
CONSIDERANDO :
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :
       O R D E N A N Z A :
Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de María Grande a donar al Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de la Provincia de Entre Ríos el inmueble propiedad de la Municipalidad de María Grande que se ubica en el Departamento Paraná, Distrito María Grande 1º, Ciudad de María Grande, Planta Urbana, con una superficie de 10.000 Mts.2 en Manzana S/Nº dentro de los siguientes límites y linderos: NORTE: Recta 1-2 con rumbo = N.73º 30´ E. = 100,00 Mts. que linda con calle pública proyectada; ESTE: Recta 2-3 con rumbo = S. 15º 30´ E. = 100,00 Mts. que linda con calle Sargento Cabral. SUR: Recta 3-4 con rumbo = S. 74º 48´ O. = 100,00 Mts. que linda con calle 9 de julio (proyectada). OESTE: Recta 4-1 con rumbo 16º 30´O. = 100 Mts. que linda con calle pública proyectada, inscripto con una mayor superficie en el Registro Público de Paraná con la Matrícula Nº 166.488 el 09 de Septiembre de 1.996.-
Artículo 2º.- La donación referida en el Artículo anterior es con cargo exclusivo a la construcción de cuarenta (40) viviendas del Plan de Viviendas denominado "Programa Federal de Construcción de Viviendas".
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
FIRMANTES :
SCHMIDT JULIO CESAR ( Presidente del concejo deliberante. ) |
ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. ) |
MARIA GRANDE, 17 de Febrero de 2005