Ordenanzas Nº 598

ORDENANZA N°598/10 - CATASTRO, IGLESIA.

VISTO :

La presentación efectuada ante la Municipalidad de Maria Grande por parte de la Parroquia Maria Auxiliadora de esta ciudad, efectuada mediante Nota Reg. A-1363 de fecha 14 de Julio de 2010 bajo firma del Cura Párroco Pbro. Néstor Kranevitter; y

CONSIDERANDO :

Que mediante la misma se solicita la condonación de las deudas registradas en este Municipio sobre el inmueble sito en calle San Lorenzo 1066 de la ciudad Maria Grande -Matricula N° 153418, Plano N° 116724- Partida N° 72216-00, de propiedad de la mencionada parroquia tras la donación gratuita efectuada en vida en su favor por la Sra. Maria Casimira Rovera de Beron;
     Que desde dicha Parroquia se comunica que resulta indispensable normalizar el estado de deuda existente sobre dicha propiedad a los fines de regularizar la titularidad de la misma, razón por la cual se solicita formalmente la condonación de la deuda registrada sobre la mencionada Partida;
     Que dicha solicitud se fundamenta en el periodo de tiempo en el cual dicho inmueble ha sido utilizado por el Municipio de Maria Grande en carácter de préstamo o Comodato Precario para el funcionamiento del Comedor Comunitario denominado "Carocito" dependiente del ámbito municipal;
     Que el bien referido ya ha sido restituido a la administración parroquial tras el traslado del comedor comunitario a dependencias del Centro Integrador Comunitario de Barrio Martín Fierro de Maria Grande cuya puesta en funcionamiento se dispuso mediante Decreto N° 008/10 dictado en fecha 24 de Febrero de 2010;
     Que se destaca en la referida presentación la función social que el inmueble en cuestión ha cumplido durante el tiempo en que el mismo fue utilizado por el Municipio y que el mismo seguirá cumpliendo indefectiblemente;
     Que habiendo dado debida intervención al respecto a la División Rentas Municipales, la misma informa en fecha 20 de julio de 2010 el estado de deuda registrado sobre la Partida N° 72216-00 cuya titularidad corresponde a la Sra. Rovera de Beron, Maria Casimira, adjuntándose planilla de liquidación actualizada a dicha fecha donde resulta una deuda total por un importe de Pesos Tres Mil Ochocientos Cincuenta y Nueve con Cincuenta y Dos Centavos ($ 3.859,52) que corresponden a $ 2.582,72 por concepto de Tasa General Inmobiliaria y Servicio Sanitario y $ 1.276,80 en concepto de Construcción de Obra de Red Cloacal que se ejecutara frente al mencionado domicilio;
     Que este Honorable Concejo Deliberante estima oportuno y procedente hacer lugar a lo solicitado por cuanto dicho inmueble ha sido por un considerable periodo de tiempo utilizado por la Municipalidad de Maria Grande con destino a una noble función social que fuera el funcionamiento de un comedor comunitario que aun hoy sigue dispuesto hacia los sectores mas necesitados de la comunidad, con todos los beneficios que ello representa;
     Que asimismo es criterio de este cuerpo allanar el curso de los procedimientos administrativos tendientes a posibilitar que la entidad parroquial local regularice la situación dominial de aquellos inmuebles de su propiedad, por cuanto ello representa un adecuado ordenamiento tanto en su orden interno como así también de los registros obrantes en las dependencias de este Municipio con injerencia en la materia;
          Que por lo expuesto se estima procedente hacer lugar a lo solicitado disponiendo la condonación de la deuda de mención a efectos de que pueda ser emitida la certificación de libre deuda necesaria para los trámites de escrituración iniciados desde la parroquia;
     Que la presente se dicta conforme lo dispuesto por el Articulo 104° Inc.14) de la Ley N° 3001 -Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos- y sus modificatorias
          POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°.- Condónese la deuda registrada a la fecha de la presente en la Municipalidad de Maria Grande sobre el inmueble sito en calle San Lorenzo 1066 de la ciudad Maria Grande -Matricula N° 153410- Plano N° 116724 - Partida N° 72216-00, de propiedad de la Parroquia Maria Auxiliadora y que fuera donada en vida en su favor por la Sra. Maria Casimira Rovera de Beron.
Artículo 2º.- Disponese que la condonación referida por el Artículo precedente comprende lo adeudado sobre la mencionada propiedad en concepto de Tasa General Inmobiliaria y Servicio Sanitario y mejora por Construcción de Obra de Red Cloacal ejecutada oportunamente frente a dicho domicilio.
Articulo 3°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a que una vez promulgada la presente y a través de la División Rentas Municipales se extienda la Certificación de Libre Deuda correspondiente a la mencionada propiedad, conforme lo establecido en los Artículos precedentes.-
Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

SACKS MIGUEL ANGEL ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 28 de Julio de 2011


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