Ordenanzas Nº 712

ORDENANZA N°712/14 - SADOP.

VISTO :

Que representantes del Sindicato Argentino de Docentes Privados (S.A.D.O.P.) solicitan la modificación de la Ordenanza Nº 708/14 por cuanto la donación de inmueble a la entidad gremial se debe realizar "a favor del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda" y no del "Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos", como figura en la norma referida; y

CONSIDERANDO :

          Que es pertinente acceder a lo solicitado para dar solución a la cuestión antes señalada;
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:

Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 708/14, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar la DONACION de una fracción de inmueble que en mayor superficie es propiedad del Municipio de la Ciudad de María Grande, identificado bajo Plano de Mensura Nº 177.394 -Matrícula Nº 155.918 - Superficie aproximada de 2.000 metros cuadrados -con frente sobre continuación de calle Evaristo Báez- entre calle Pío XII y calle pública-, en favor del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de la Provincia de Entre Ríos y con destino único y exclusivo para la construcción y emplazamiento de grupos habitacionales que tengan como beneficiarios a afiliados de la Entidades Gremiales S.A.D.O.P (Sindicato Argentino de Docentes Privados) y A.M.E.T (Asociación del Magisterio de Enseñanza Técnica) con domicilio permanente en la ciudad de María Grande, a ser construídas mediante la intervención del Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda de la Provincia de Entre Ríos a través de programas de construcción de viviendas de interés social.-"
Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

STANG FRANCISCO HORACIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 15 de Octubre de 2014


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