Ordenanzas Nº 336
ORDENANZA N°336/01.
VISTO :
La necesidad de contar con un área encargada de atender específicamente todos los aspectos que hacen a la aplicación de las normas que regulan los derechos, obligaciones y procedimientos de aplicación para los agentes municipales; y
CONSIDERANDO :
Que con este propósito es oportuno y conveniente proceder a la creación del "Area Personal";
       Que con esta reestructuración en el funcionamiento orgánico del Municipio permitirá tener una ágil administración;
       Que es ésta una medida político-institucional que concilia los intereses del gobierno municipal y de los agentes que prestan servicios en él;
       Que ajustar las estructuras del Municipio es una facultad conferida por el Artículo 104º de la Ley 3.001 -Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos- al Honorable Concejo Deliberante;
               
POR ELLO
       
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:
       O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Créase el Area Personal en la Municipalidad de María Grande, cuya función será atender en todos los aspectos que hacen a las normas que regulan los derechos, obligaciones y procedimientos de aplicación para los agentes municipales, con estricta sujeción a lo establecido en la Ordenanza Nº 02/78 -Reglamento Orgánico Municipal - Estatuto de Estabilidad y Escalafón - y sus modificatorias.-
Artículo 2º.- El Area Personal estará a cargo de un agente municipal con el rango de Jefe de División, y dependerá funcionalmente del Secretario de Gobierno, Obras y Servicios Públicos.
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
FIRMANTES :