Ordenanzas Nº 336

ORDENANZA N°336/01.

VISTO :

La necesidad de contar con un área encargada de atender específicamente todos los aspectos que hacen a la aplicación de las normas que regulan los derechos, obligaciones y procedimientos de aplicación para los agentes municipales; y

CONSIDERANDO :

Que con este propósito es oportuno y conveniente proceder a la creación del "Area Personal";
                    Que con esta reestructuración en el funcionamiento orgánico del Municipio permitirá tener una ágil administración;
                    Que es ésta una medida político-institucional que concilia los intereses del gobierno municipal y de los agentes que prestan servicios en él;
                    Que ajustar las estructuras del Municipio es una facultad conferida por el Artículo 104º de la Ley 3.001 -Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos- al Honorable Concejo Deliberante;

                                        
POR ELLO
                    
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:

                    O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- Créase el Area Personal en la Municipalidad de María Grande, cuya función será atender en todos los aspectos que hacen a las normas que regulan los derechos, obligaciones y procedimientos de aplicación para los agentes municipales, con estricta sujeción a lo establecido en la Ordenanza Nº 02/78 -Reglamento Orgánico Municipal - Estatuto de Estabilidad y Escalafón - y sus modificatorias.-
Artículo 2º.- El Area Personal estará a cargo de un agente municipal con el rango de Jefe de División, y dependerá funcionalmente del Secretario de Gobierno, Obras y Servicios Públicos.
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

BONELL OSVALDO ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 1 de Marzo de 2001


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