Ordenanzas Nº 1046

ORDENANZA N°1046/24 - CLUBES

VISTO :

La situación económica que atraviesan las instituciones deportivas y sociales de nuestra localidad ante el aumento desmedido de las tarifas de servicios públicos, y;

CONSIDERANDO :

Que, la utilización de la energía eléctrica es indispensable para el desarrollo de las actividades deportivas y sociales;
Que el monto a abonar representa un gasto que se suman a todos los que deben afrontar las instituciones para cumplir sus funciones;
Que se hace necesario contribuir desde el Estado Municipal a paliar esta situación, para lo cual se evalúa como conveniente que se pueda subsidiar a los clubes locales con un monto de dinero igual a la Contribución Municipal del 8,6956 % del total facturado por la empresa provincial de energía.
                    
POR ELLO EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
Artículo 1°: Dispónese que el Departamento Ejecutivo Municipal otorgará por un plazo de un (1) año un subsidio a las instituciones sociales y deportivas que a continuación se enumeran, que cubra el monto de dinero que las mismas deben abonar en concepto de Contribución Municipal que figura en el detalle de facturación de la empresa Energía de Entre Ríos S.A.-Enersa.:
"     Club Atlético Litoral.
"     Club Atlético María Grande.
"     Asociación Social y Deportiva "Diego Maradona".
"     Club "Pescadores Unidos María Grande".
Artículo 2º.- Facúltese al D.E.Municipal a instrumentar los mecanismos contables y administrativos requeridos para el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 1° de la presente ordenanza.-
Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

FIRMANTES :

CONTA IRMA DORA ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 16 de Octubre de 2024


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