Ordenanzas Nº 800

ORDENANZA N°800/18 - ENERSA.

VISTO :

Las actuaciones administrativas caratuladas "ENER S.A. S/Solicitud de Transferencia de Inmueble en su favor -Partida 10158792-3 - Avenida Córdoba S/Nº - Manzana Nº 86 de María Grande - Nota Reg. Nº2037/17" y las actuaciones anexadas por cuerda caratuladas "ENER S.A. Solicita transferencia de inmuebles en su favor - Propiedad ubicada en Av. Urquiza y Av. Córdoba de María Grande - Nota Reg. Nº 1169/18" Expte. Nº 66/2018; y

CONSIDERANDO :

Que por las primeras la mencionada empresa tramita ante el Municipio de María Grande el dictado de una norma para la regularización dominial de los inmuebles donde actualmente se emplaza el edificio donde funciona la oficina comercial de la misma (Distrito), depósito y guardia de reclamos técnicos de la localidad de María Grande, atento a que dichos inmuebles se registran bajo la titularidad de la Municipalidad de María Grande y del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos;
                    Que tal requerimiento se efectúa en razón de que dichos predios han sido transferidos en la Circular 50 del Pliego de Bases y Condiciones de la privatización de EDEERSA, dándose posteriormente el dictado del Decreto Nº 215/05 MGJEOySE de caducidad de la concesión de ENERSA, tras lo cual el inmueble en cuestión fue transferido a ENERSA conjuntamente con otros inmuebles esenciales para la prestación del servicio eléctrico, los cuales en su mayoría han sido regularizados mediante la transferencia dominial a nombre de la empresa;
                    Que corresponde destacar que la posesión efectiva del inmueble por parte de ENERSA data de más de cuarenta (40) años y que en el sitio se encuentran emplazadas instalaciones de gran importancia para la prestación del servicio eléctrico en la ciudad de María Grande;
                    Que se trata de un inmueble sobre el cual se realizó Plano de Mensura en el año 1996 por la Empresa Provincial de Energía de Entre Ríos (EPEER) sobre dos inmuebles cuyos propietarios son: en el Título I SUPERIOR GOBIERNO DE ENTRE RIOS, inscripto 11-12-1973, Matrícula Nº 3377, y en el TITULO II propiedad de la Municipalidad de María Grande, inscripto el 8-1-1953, en el Libro 66B Folio 51, que consta de una superficie total de 1329 m2, registrada bajo Partida Nº 203457, Plano 138169;
                    Que posteriormente presentaron Planos de Mensura Nº 216308 y 216309 correspondientes al inmueble identificado con la Partida Provincial Nº 158.792, cuya superficie total según mensura es de 702,87 m2, siendo la fracción a desglosar para la transferencia a ENERSA de 421,81 m2, y el remanente de 281,06 m2 que actualmente ocupa el edificio del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de María Grande;
                    Que de lo expresado se desprende que los citados inmuebles, si bien su titularidad se encuentra registrada a nombre de la Municipalidad de María Grande, son desde hace largo tiempo y en forma efectiva ocupados por instalaciones e infraestructura de ENERSA, correspondiendo en tal caso subsanar tal situación a través del dictado de la norma pertinente que transfiera formalmente los mismos a cargo del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos;
                    Que no obstante lo expresado en el considerado de orden precedente, estima este Honorable Concejo Deliberante de suma prioridad allanar los caminos e instancias tendientes a la agilización del trámite sobre el cual se interesa a través de Nota Nº A-2037/17 a que se hace mención;
                    Que la presente se dicta conforme los deberes y atribuciones conferidas al Honorable Concejo Deliberante mediante el Artículo 95º -Inc. t) de la Ley Nº 10.027 -Régimen de Municipios de la Provincia de Entre Ríos y modificatoria-;

                    POR ELLO
                    
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:
                    O R D E N A N Z A:
Artículo 1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar DONACION de inmueble a favor de ENERSA sobre un (1) lote de su propiedad identificado en el LIBRO 66B FOLIO 51, inscripto el 8-1-1953 que consta de una superficie total de 421,81 m2, con un exceso de 53,33 m2, Plano Nº 216309, cuyos límites y linderos están en dicho plano, Lote B, Partida Nº 158792, con la finalidad de dar cumplimiento a las tareas que realiza la planta de ENERSA en María Grande.
Artículo 2º.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a instrumentar, formalizar y suscribir los instrumentos y actos jurídicos y administrativos que resulten necesarios a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 1º que antecede.
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

ZAPATA SANTIAGO ARIEL ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 16 de Agosto de 2018


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