Ordenanzas Nº 314

ORDENANZA N°314/00.

VISTO :

La necesidad expresada ante el Departameno Ejecutivo Municipal por la "Asociación de Bomberos Voluntarios María Grande" de contar con fondos que cubran no solo los gastos operativos del cuerpo, sino que posibiliten la adquisición de elementos de mayor complejidad necesarios para el desarrollo de las actividades que le competen; y

CONSIDERANDO :

Que es responsabilidad indelegable del Municipio atender a la planificación, dirección y coordinación de las actividades de defensa civil y velar por la seguridad pública;
Que atendiendo a la labor desarrollada por la Asociación de Bomberos Voluntarios María Grande en beneficio de toda la comunidad, es intención de este cuerpo establecer un adicional sobre la Tasa General Inmobiliaria y Servicio Sanitario con destino a la mencionada institución, así como otorgar un subsidio mensual para atender los fines mencionados;
                    
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :

                    O R D E N A N Z A :

Artículo 1º.- Establécese un adicional de Cincuenta Centavos ($ 0,50) sobre la Tasa General Inmobiliaria y Servicio Sanitario con destino a la Asociación de Bomberos Voluntarios María Grande.

Artículo 2º.- El adicional fijado en el artículo precedente comenzará a regir a partir de la promulgación de la presente y por el término de doce (12) meses.

Artículo 3º.- El adicional fijado en el artículo 1º se discriminará en las boletas que se emitan mensualmente por tales conceptos, individualizándose la recaudación en tal sentido en cuenta de terceros separados de rentas generales.

Artículo 4º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar un subsidio de Pesos Trescientos ($ 300,00) a la Asociación de Bomberos Voluntarios María Grande, por el término de doce (12) meses a partir de la promulgación de la presente Ordenanza.-

Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

BONELL OSVALDO ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 22 de Marzo de 2000


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