Ordenanzas Nº 610

ORDENANZA N°610/10 - TASA GENERAL INMOBILIARIA.

VISTO :

               La Ordenanza Nº 551/08 por la cual se regula el procedimiento y metodología para la liquidación de los conceptos que conforman la Tasa General Inmobiliaria en el ámbito de la ciudad de Maria Grande; y

CONSIDERANDO :

Que la tabla de valores básicos para determinar los avaluos en propiedades, ya sea baldíos y/o edificados, que determinan los importes de Tasa General Inmobiliaria se encuentran claramente desactualizados, estimándose conveniente proceder a ajustar los mismos en razón de obtener valores un tanto mas reales y acordes en la composición de la mencionada Tasa percibida por el Municipio;
Que en la Ordenanza General Impositiva Año 2011 se ha previsto un incremento de aproximadamente un treinta por ciento (30%) en los valores mínimos y escalas de avaluos, ajustando los mismos en función de diversas consultas realizadas a otros municipios de la provincia con similares características a esta localidad;
Que tal incremento representa una incidencia mínima en los importes liquidados por el citado concepto, sin que representen un elevado impacto en los costos trasladados hacia los contribuyentes, sino que por el contrario se pueden alcanzar valores mas ajustados a la realidad inmobiliaria local;
Que como consecuencia de lo expresado resulta necesario actualizar los cuadros "B" y "D" del Anexo I comprendido en la Ordenanza de mención, por los cuales han sido fijados los valores básicos por metro cuadrado de mejora y valor básico de metro cuadrado de mejora realizada en cada propiedad;

POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE :

                    O R D E N A N Z A :

Artículo 1º.- Modificase el cuadro "B" (TABLA DE VALORES BASICOS POR METRO CUADRADO DE MEJORA) y cuadro "D" (TABLA DE VALORES BASICOS POR METRO CUADRADO DE TERRENO) comprendidos en el Anexo I de la Ordenanza N° 551/08, los que a partir de la fecha de promulgación de la presente quedaran conformados de la siguiente manera:



B - TABLA VALOR BÁSICO POR METRO CUADRADO DE MEJORA.

     SUB CAT. 1/1     SUB CAT. 1/2     SUB CAT. 1/3
CAT. 1     68,22     57,17     39,20
CAT. 2     57,10     42,28     36,12
CAT. 3     48,46     41,67     33,02
CAT. 4     41,36     34,26     25,32
CAT. 5     37,96     27,46     17,32
CAT. 6     38,78     27,75     17,48
CAT. 7     14,42     10,22     8,68

D - VALOR BÁSICO POR METRO CUADRADO DE TERRENOS.

P R O V I N C I A L
0,70     1,06     1,40     1,76     2,09     2,46     2,70     3,49     4,20     5,59     6,99     8,40     10,50
1000     1500     2000     2500     3000     3500     4000     5000     6000     8000     10000     12000     15000
M U N I C I P A L
0,16     0,25     0,32     0,41     0,47     0,52     0,62     0,77     0,93     1,24     1,55     1,85     2,47
0,007     0,011     0,017     0,017     0,020     0,023     0,026     0,033     0,039     0,052     0,065     0,078     0,104

Artículo 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

SACKS MIGUEL ANGEL ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 22 de Diciembre de 2010


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