Ordenanzas Nº 730
ORDENANZA N°730/15 - BOMBEROS.
VISTO :
La solicitud presentada formalmente por parte de la Asociación Bomberos Voluntarios María Grande por la que se interesa en la regularización a través de ordenanza y la ampliación de la superficie del inmueble que actualmente ocupa la institución, sito en Avenida Artigas Nº 28 de la localidad;
CONSIDERANDO :
     Que el mencionado inmueble se encuentra ubicado entre las manzanas 85 y 82 de la planta urbana, en terrenos del ex Ferrocarril Gral. Justo José de Urquiza, contando en la actualidad con dimensiones de 20 mts por 30 mts, de acuerdo a los alcances del Acuerdo firmado en Junio de 2004 entre el Departamento Ejecutivo Municipal y las autoridades de la asociación;
Que es intención de dicha entidad la regularización de la tenencia del inmueble y la ampliación de la superficie del mismo, con el propósito de desarrollar proyectos de infraestructura tales como ampliación del cuartel, construcción de un salón de usos múltiples y playa de maniobras y ejercicios, así como un acceso peatonal público que vincule calle Intendente Minetti y Avenida Artigas;
Que se considera propicio y oportuno hacer lugar a este requerimiento en razón de la reconocida labor que cumple dentro de esta comunidad la Asociación de Bomberos Voluntarios María Grande, sumado a los beneficios que conllevaría poder concretar las obras referidas;
Que como ha quedado de manifiesto en anteriores intervenciones ante requerimientos de esta índole, es intención permanente de este Honorable Concejo Deliberante poder canalizar las inquietudes e iniciativas de las instituciones de la ciudad dando respuestas concretas hacia sus demandas y necesidades;
Que la presente se dicta conforme lo dispuesto por el Inc. r) del artículo 95º de la ley 10.027 -Régimen de Municipios de la Provincia de Entre Ríos y su modificatoria-;
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
Artículo 1º.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a formalizar un COMODATO DE USO DE INMUEBLE a título gratuito por el término de noventa y nueve (99) años prorrogables, a favor de la ASOCIACION BOMBEROS VOLUNTARIOS MARIA GRANDE, sobre una fracción de terreno de aproximadamente Tres mil trescientos cincuenta (3.350) metros cuadrados de superficie, con treinta y tres con sesenta metros (33,60 mts.) de frente sobre Avenida Artigas y cien (100) metros de fondo hasta calle Intendente Minetti -predio del ex Ferrocarril Gral. Justo José de Urquiza de la ciudad de María Grande- .
Artículo 2º.- Establécese que en el inmueble mencionado por el Artículo que antecede se desarrollarán proyectos de infraestructura vinculados a las actividades y objetivos de la asociación, tales como la construcción de un Salón de Usos Múltiples, playa para ejercicios y maniobras de prueba de bomberos voluntarios y un paso peatonal de libre accesibilidad con un ancho no inferior a los cuatro (4) metros que permita la vinculación entre al acceso sur al predio, por calle Intendente Minetti con Avenida Artigas al norte.
Artículo 3º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a instrumentar los procedimientos administrativos que correspondan a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por la presente.-
Artículo 4º.- Deróguese toda disposición que determine condiciones diferentes a las establecidas en la presente norma.
Artículo 5º.- De forma.-
FIRMANTES :