Ordenanzas Nº 369

ORDENANZA N°369/01.

VISTO :

La inexistencia de fondos de libre disponibilidad en el Tesoro Municipal a raíz de la crisis que nos afecta, que es de público y notorio conocimiento;
                    Que se cuenta con fondos afectados, en su mayor medida pertenecientes al proyecto de Equipamiento de la Incubadora de Empresas y a la Reserva Especial para la obra de cloacas de Barrio Castaldo; y
                    

CONSIDERANDO :

     Que a la fecha son innumerables las obligaciones de pago que se encuentran vencidas;
                    Que entre ellas se encuentran pendientes las diferencias de sueldos del personal municipal del mes de octubre del año en curso;
                    Que este notable retraso agudiza aún más la ya tensa situación con el personal, y que repercute en modo directo e indirecto en la comunidad toda al peligrar la prestación básica de los servicios públicos y al verse afectada la actividad económica por el corte de la cadena de pagos que esta circunstancia contribuye a acentuar, por enumerar algunas consecuencias;
                    Que es responsabilidad de la autoridad municipal velar por los intereses de sus empleados y de los ciudadanos en general procurando dar la mejor respuesta;
                    Que si bien se encuentran pendientes de ser remitidas por el Superior Gobierno de la Provincia de la Coparticipación Federal del mes de octubre, noviembre y primera de diciembre, al igual que el Aporte del Tesoro Nacional por
$ 80.000,00, se presume que difícilmente se pueda contar con dichos recursos en un plazo perentorio;
                    Que en ese sentido se cree oportuno y conveniente utilizar los recursos afectados enumerados ut-supra, ya que los mismos no están comprometidos ni se prevé su utilización en un plazo menor a los 120 días;
                    Que si bien este tipo de fondos no pueden derivarse a destinos distintos a los fijados en su creación, la gravedad de la situación justifica ampliamente el uso transitorio de los mismos;

POR ELLO
                    
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:

                    O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a utilizar por el término de 120 días la suma de Pesos veinticinco mil ($ 25.000,00) de los fondos afectados existentes a la fecha, para ser aplicados al pago de las remuneraciones adeudadas al personal municipal previstas en el Presupuesto para el año en curso, priorizando las de mayor antigüedad.
Artículo 2º.- Comunicar fehacientemente a este Concejo Deliberante el/los reintegros que se produzcan para reestablecer los fondos aludidos.
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese y archívese.-

FIRMANTES :

BONELL OSVALDO ANTONIO ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 19 de Diciembre de 2001


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