Ordenanzas Nº 618

ORDENANZA N°618/11 - PARQUE INDUSTRIAL.

VISTO :

Lo dictaminado por la Comisión de Desarrollo Industrial de María Grande, conformada según lo dispuesto por Ordenanza Nº 523/08, Decreto Nº 081/08 y su modificatorio Nº 085/09, en relación a la solicitud que la firma VERCO S.R.L. presentara mediante Nota. Registro Ingreso A-0514 de fecha 15 de abril de 2011, por la cual se requiere a la Municipalidad de María Grande la adjudicación y venta de un inmueble de 4.104,95 m2. de superficie ubicado en el Parque Industrial de esta ciudad, con destino a la radicación de una planta de elaboración y transporte de hormigón; y

CONSIDERANDO :

     Que atento de lo dispuesto por la Ordenanza citada Nº 523/08 es competencia de la Comisión de Desarrollo Industrial de María Grande intervenir en todo proyecto de radicación, traslado y asentamiento en el área industrial efectuando la evaluación y estudio de los proyectos en cuanto a la factibilidad y conveniencia de los mismos;
          Que la evaluación del presente requerimiento se efectuó en orden al contenido de la nota presentada y la carpeta de anteproyecto de inversión que se adjunta a la misma, en la cual se explican los alcances de la inversión a llevar a cabo en esta ciudad, los montos y plazos en que se desarrollará el referido proyecto;
          Que del dictámen ingresado bajo Reg. Nº A-0533 de fecha 25 de Abril de 2011 se desprende que por una unanimidad de criterio de los miembros de la mencionada Comisión resulta favorable la aprobación del proyecto ingresado, por lo que se sugiere al Departamento Ejecutivo Municipal correr vista del mismo al seno del Honorable Concejo Deliberante para su tratamiento y prosecución;
     Que asimismo dicha Comisión anuncia los lineamientos del proyecto presentado, no habiendo objeciones en tal sentido por parte de la misma y como consecuencia recomendando sea derivado su tratamiento al seno de este Cuerpo;
     Que este Honorable Concejo Deliberante ha acompañado e impulsado en forma constante la radicación de empresas dentro del Parque Industrial Municipal, considerando a estos como asuntos que tienen una injerencia directa y favorable en el desarrollo productivo y económico de la ciudad de Maria Grande;
     Que en vista de los alcances de lo dictaminado por la Comisión de Desarrollo Industrial, este cuerpo encuentra coincidencias con la misma en cuanto a la viabilidad del proyecto ingresado, por lo que considera procedente y oportuno no recaer en demoras administrativas innecesarias que pudieran perjudicar la inversión prevista a realizar por parte de la empresa interesada
      Que la presente se dicta de acuerdo a lo establecido mediante el Artículo 105º Punto 1º Inc. a) de la Ley 3.001 -Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos- y sus modificatorias;
          POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :
Artículo 1°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer la adjudicación y venta de una fracción de terreno de cuatro mil ciento cuatro con noventa y cinco metros cuadrados (4.104,95 m2.) ubicado en el Parque Industrial Municipal de la ciudad de María Grande a la firma "VERCO S.R.L." con destino único y exclusivo a la radicación y puesta en marcha de una planta de elaboración y transporte de hormigón, de acuerdo a los alcances y previsiones contenidas en el proyecto ingresado ante la Municipalidad de Maria Grande bajo Reg. A-514 de fecha del 15 de abril de 2011.-
Artículo 2°.- Apruébese el proyecto de inversión presentado por la firma mencionada, el que obra adjunto a la Nota ingresada a la Municipalidad de María Grande bajo Reg. A-0514 de fecha 15 de abril de 2011.
Artículo 3º.- Establecese que el precio a la venta a realizarse en orden a lo dispuesto por el Artículo 1º de la presente se determinará conforme lo establece la Ordenanza Nº 532/07, concediendo dos (2) años de gracia a partir de la fecha de la presente para el inicio efectivo del pago y otorgando un plazo máximo de cinco (5) años para su financiamiento en cuotas semestrales.
Artículo 4º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la firma del convenio de pago correspondiente con los alcances establecidos en los Artículos precedentes, el que una vez formalizado autorizará a la firma interesada a la posesión y ocupación del inmueble.
Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

FIRMANTES :

CASTRO MARIO EDUARDO ( Presidente del concejo deliberante. )

ARDILES MARCELO JULIO CESAR ( Secretario del concejo deliberante. )

MARIA GRANDE, 3 de Mayo de 2011


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