Ordenanzas Nº 656
ORDENANZA N°656/12
VISTO :
La Nota presentada por directivos de la Escuela de Educación Técnica Nº 34 -Enrique Mosconi- de la ciudad de María Grande, ingresada bajo Reg. Nº A-1524 de fecha 11 de julio de 2012; y
CONSIDERANDO :
Que por la misma se solicita al Presidente Municipal el dictado de una norma para la regularización dominial de los inmuebles donde actualmente se emplaza parte del edificio escolar de dicho establecimiento, los cuales se registran aún bajo la titularidad de la Municipalidad de María Grande;
Que tal requerimiento se efectúa en razón de la presentación de un proyecto de Refacción Integral del edificio escolar en el marco del Plan de Mejoras del Instituto Nacional de Educación Tecnológica (INET), para lo cual es exigida la titularidad por parte del Estado provincial de los terrenos ocupados por los establecimientos donde se emplazarán dichas mejoras;
Que los referidos inmuebles se ubican, el primero de ellos sobre calle Sarmiento -Plano Nº 189077 -localizado en la Provincia de Entre Ríos - Departamento Paraná - ciudad de María Grande - Matrícula 78 "A" - Partida Provincial Nº 075.013 -con una superficie de quinientos sesenta metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados (560,80 m2) y el segundo lote sobre calle 9 de Julio -Plano Nº 189078 - localizado en la Provincia de Entre Ríos - Departamento Paraná - ciudad de María Grande - Matrícula 78 "A" Partida Provincial Nº 075.013 - con una superficie de tres mil ciento ochenta y dos metros cuadrados con setenta y cinco decímetros cuadrados (3.182,75 m2);
Que de lo expresado se desprende que los citados inmuebles, si bien su titularidad se encuentra registrada a nombre de la Municipalidad de María Grande, son desde largo tiempo y en forma efectiva ocupados por el edificio escolar de la Escuela de Educación Técnica Nº 34, correspondiendo en tal caso subsanar tal situación a través del dictado de la norma pertinente que transfiera formalmente los mismos a cargo del Superior Gobierno de la Provincia;
Que no obstante lo expresado en el considerando de orden precedente, estima este Honorable Concejo Deliberante de suma prioridad allanar los caminos e instancias tendientes a la agilización del trámite que corresponde al Proyecto sobre el cual se interesa a través de la Nota Nº A-1524 presentada ante la Municipalidad de María Grande, dada la alta importancia y necesidad de las obras de mejoramiento proyectadas y que indudablemente las mismas revisten alta incidencia en la calidad educativa que brinda la citada institución a su alumnado;
Que la presente se dicta conforme los deberes y atribuciones conferidas al Honorable Concejo Deliberante mediante el Artículo 95º - Inc. t) de la Ley Nº 10.027 -Orgánica de Municipios de la Provincia de Entre Ríos;
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MARIA GRANDE SANCIONA CON FUERZA DE:
       O R D E N A N Z A:
Artículo 1º.- Autorícese a la Municipalidad de María Grande a formalizar la DONACIÓN en favor del SUPERIOR GOBIERNO DE ENTRE RÍOS de dos (2) lotes de su propiedad, uno de ellos ubicado sobre calle Sarmiento -Plano Nº 189077 - localizado en la Provincia de Entre Ríos - Departamento Paraná - planta urbana de la ciudad de María Grande - Matrícula 78 "A" "2812" - Partida Provincial Nº 075.013 -con una superficie de quinientos sesenta metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados (560,80 m2), dentro de los siguientes límites y linderos: NORESTE: Recta 1-2, edificada, al rumbo S.E. 66º06" de 22,35 m., con calle Sarmiento. SURESTE: Recta 2-3 amojonada, al rumbo S.O. 40º 39" de 52,40 m. con Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos. NOROESTE: Recta 3-1 alambrada, al rumbo N.E. 15º 41" de 50,70 m., cañada Barzola rectificada por medio con Municipalidad de María Grande.- Y otro ubicado sobre calle 9 de Julio, Plano Nº 189078 - localizado en la Provincia de Entre Ríos - Departamento Paraná - ciudad de María Grande - Matrícula 78 "A" Partida Provincial Nº 075.013 - con una superficie de tres mil ciento ochenta y dos metros cuadrados con setenta y cinco decímetros cuadrados (3.182,75 m2), con los siguientes límites y linderos: NOROESTE: Tres rectas a los rumbos 4-5 amojonada y edificada, SE 16º56" de 55,09 m.; amojonada NE 73º04" de 50,00 m., ambas con Superior Gobierno de Entre Ríos y 6-7 amojonada y edificada SE 16º59" de 54,96 m. con Consejo General de Educación; Ana Delia Scetti y otros; Eduardo Ramón Bolzán y otra y Alba Silvina Eberlé, respectivamente, SURESTE: Recta 7-8 edificada y amojonada al rumbo SO 73º34' de 50 m. con calle 9 de Julio; SUROESTE: Tres rectas alambradas a los rumbos 8-9, NO 16º37" de 49,69 m.; 9-10 S.O. 74º56" de 8,74 m. y 10-11, NO 16º43" de 52,76 m. todos ellos con Municipalidad de María Grande, NOROESTE: Dos rectas alambradas a los rumbos 11-12 NE 74º09" de 3,76 m., y 12-4 NE 15º41" de 8,25 m, ambas con Municipalidad de María Grande, por los considerandos expresados precedentemente.
Articulo 2°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a instrumentar, formalizar y suscribir los instrumentos y actos jurídicos y administrativos que resulten necesarios a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 1º que antecede, ya sea por ante la Dirección de la Escuela de Educación Técnica Nº 34 -Enrique Mosconi- de la ciudad de María Grande y/o el Superior gobierno de la Provincia de Entre Ríos, según corresponda.
Articulo 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
FIRMANTES :